Opinión

Canal de denuncias y pymes: ¿otra piedra en el zapato?

Una persona con un ordenador. iStock

Cada vez se acerca más el plazo final para que las pymes pongan en marcha el obligado canal de denuncias que marca la Ley de Informantes. Ante esta recta final, queremos reflexionar sobre la situación a la que se enfrentan las pymes españolas para cumplir con la nueva ley si no quieren enfrentarse a cuantiosas multas. La mejor estrategia pasa, como es lógico, por un buen asesoramiento jurídico y, en este caso, también tecnológico.

El pasado 13 de marzo de 2023 entró en vigor la Ley 2/2023 (más conocida como Ley de Informantes) con el objetivo de proteger a todas aquellas personas que informen sobre corrupción o fraudes en el ámbito de la empresa y la Administración pública. Para ello, y dentro del ámbito empresarial, la norma impone la obligación de implantar un sistema interno de denuncias de irregularidades a, entre otros, empresas con 50 o más empleados antes del 1 de diciembre de 2023, y prohíbe cualquier represalia contra los denunciantes.

Las empresas que no implanten dicho canal de denuncias se enfrentarán a sanciones económicas, que pueden llegar a los 300.000 euros en el caso de personas físicas y a 1.000.000 de euros en el caso de las jurídicas.

Como expertos en compliance, estamos convencidos de la necesidad de la existencia de leyes de protección a los denunciantes, y entendemos cuáles son las bondades de tener canales internos de denuncias dentro de las empresas. Y es que está claro que, si las personas que conocen de actos ilícitos cuentan con canales de denuncias que funcionan y son anónimos, y existe una ley que impida que sean represaliados, es más probable que denuncien esos hechos y se corte de raíz esa conducta.

Lo que no es tan claro es la necesidad de que dicho canal de denuncias sea obligatorio para empresas de entre 50 y 250 empleados, o por qué esa horquilla no se empezó con 75-100 empleados, en vez de 50. En España, según datos de la Seguridad Social, en junio de 2022 había unas 26.000 empresas de entre 50 y 250 empleados. Dichas empresas, junto con las empresas de menos de 50 empleados conforman la mayoría del tejido empresarial de nuestro país, y son las que sostienen nuestra economía, siendo a su vez, las que más sufren durante las crisis económicas -como la que vivimos durante la pandemia-.

Además, por experiencia, esas pequeñas y medianas empresas no son las que suelen estar en el ojo del huracán por cometer ilícitos. En ese perfil de empresas se está más preocupado por mantener el negocio frente a las continuas crisis, intentar que sus trabajadores no pierdan su empleo, conseguir clientes, etc., que a llevar a cabo corruptelas.

Teniendo esto en cuenta, nos surge la pregunta muchas veces de cómo va a poder hacer frente a este canal de denuncias, y a todo lo que conlleva, una pyme. Establecer un canal de denuncias que cumpla con los requisitos legales supone una serie de gastos en informáticos, abogados, expertos en compliance, etc.

Sin perjuicio de esto, ya hay plataformas y despachos que ofrecen estos servicios de forma acorde a las necesidades de las pymes (tanto materiales, como económicas), pero no nos engañemos, no todas valen. Esta nueva legislación han aflorado muchos supuestos expertos en la materia que han desarrollado múltiples herramientas que, si bien sobre el papel parece que servirían para cumplir con las exigencias legales del canal de denuncias, nada más lejos de la realidad.

Los canales de denuncias tienen que cumplir con ciertos requisitos que no se encuentran en cualquier aplicación, como, por ejemplo, el formato de denuncias que se deben permitir (oral, escrito e incluso presencial) o el nivel de anonimización y confidencialidad de estas. De esto se desprende que hay que saber elegir a un buen proveedor de servicios para no incurrir finalmente en multas en caso de inspección.

Además, aparte de contar con un buen proveedor del canal de denuncias, hay que estar bien asesorados. No sólo para saber si dicho canal de denuncias cumple o no con los requisitos legales, sino que también es necesario saber cómo actuar cuando entren esas denuncias o formar a los empleados sobre cuál es el funcionamiento de la herramienta, qué se puede denunciar, qué derechos se tiene o qué consecuencias puede tener una denuncia falsa.

En consecuencia, creemos que esta norma, así como todas las demás que nacen de la cultura del cumplimiento normativo, han llegado para quedarse y para bien. Y, por ello, las empresas, tengan el tamaño que tengan, deben estar preparadas y tomar medidas encaminadas a su cumplimiento, empezando por instaurar un canal de denuncias interno con las características legalmente establecidas (aunque sea para evitar las multas), así como contar con los mejores asesores para saber cómo actuar en todo momento.

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