
Continuamos con la inestabilidad jurídica respecto al mercado de los alquileres en Cataluña: como era previsible, el Tribunal Constitucional ha estimado en parte el recurso de inconstitucionalidad planteado contra el Decreto Ley del Gobierno de Cataluña nº 17/2019, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda.
El pasado día 28 de enero de 2021 se publicó una nota de presa comunicando el fallo de la sentencia, aunque todavía no hemos tenido acceso a su contenido. Sin embargo, la nota de presa comunica que se han declarado nulos varios artículos del Decreto Ley 17/2019.
En concreto, la nota de prensa del Tribunal Constitucional manifiesta que el argumento central y básico consiste en que no concurren los requisitos del presupuesto habilitante que exige el artículo 86 de la Constitución Española: "En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general".
"El Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña ya manifestó el pasado 18 de febrero de 2020 que el Decreto Ley 17/2019 vulneraba los artículos 9.3 y 33 de la Constitución Española"
Por lo tanto, el Decreto Ley 17/2019 no puede regular materia para mejorar el acceso a la vivienda como medida urgente, resultando insuficiente el rango de la norma.
Sin poder tener acceso a la sentencia, no sabemos cómo ha fallado sobre otra importante cuestión planteada en el recurso: la posible inconstitucionalidad de regular el derecho a la propiedad privada (artículo 33 de la Constitución Española "33.1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia"). El Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña ya manifestó el pasado 18 de febrero de 2020 que el Decreto Ley 17/2019 vulneraba los artículos 9.3 y 33 de la Constitución Española, pero la nota de prensa del Constitucional no ha mencionado este planteamiento como argumento central.
Por lo tanto, estamos ante un defecto de forma que invita a los legisladores autonómicos y centrales a buscar un consenso para poder regular esta materia tan importante.
"Hacen falta más normas que protejan al propietario para igualar su posición al arrendatario"
En nuestra opinión, dada la importancia de esta materia, se deberían plantear medidas menos invasivas con respecto a la propiedad y el patrimonio de los ciudadanos, que se ven obligados a ceder sus derechos individuales en favor de terceros cuando debe ser la Administración la encargada de apoyar a estos terceros con ayudas directas.
Hacen falta más normas que protejan al propietario para igualar su posición al arrendatario para que, cuando se firme el contrato de alquiler, las dos partes estén al mismo nivel en cuanto a derechos y obligaciones.
Además, el Decreto Ley quiere fijar la definición de los nuevos conceptos como 'viviendas vacías' o 'alquileres sociales', temas muy importantes que deben ser definidos con un mayor consenso parlamentario y sin tanta urgencia. Son asuntos que deben ser debatidos en el Parlamento para garantizar las máximas garantías constitucionales.
Necesidad de ayudas directas
Parece que estamos ante una Administración sin fondos económicos que no puede platear ayudas directas, y que exige a los propietarios disminuir sus ingresos o ceder su propiedad. En este sentido, es nuestra opinión que, en estos tiempos de crisis, se están privatizando las ayudas sociales.
Además, por analogía, el Decreto Ley 34/2020, de 20 de octubre, de medidas urgentes de apoyo a la actividad económica desarrollada en locales de negocio arrendados, será declarado nulo, y la Generalitat de Cataluña no debería esperar a que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre este Decreto Ley.
"Toda esta inestabilidad jurídica produce un enorme daño al mercado inmobiliario en Cataluña"
Y es que, con esta nota de prensa, ya tenemos la oficialidad de que el Decreto Ley del Gobierno de Cataluña 17/2019 es inconstitucional en algunos artículos y no atendió a los avisos de la entidad pública del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña.
Por lo tanto, en el caso de quienes hayan sufrido un perjuicio por la incorrecta aplicación de este Decreto Ley y puedan identificar y cuantificar estos perjuicios, se abre la puerta para poder iniciar una Reclamación Patrimonial contra la Generalitat de Cataluña.
Toda esta inestabilidad jurídica produce un enorme daño al mercado inmobiliario en Cataluña, cuyas consecuencias directas se están produciendo, como es el abandono de inversores en Cataluña ante la inseguridad que se plantea.
"Los legisladores buscan echar a los inversores para que puedan bajar los precios del alquiler y expulsar a los especuladores del mercado"
A día de hoy es imposible asegurar a un cliente qué normativa de arrendamientos se aplicará en Cataluña en los próximos años y que derechos tendrá el arrendador o el arrendatario.
Recientemente estamos viendo como inversores, tanto particulares como grandes empresas, han tomado la decisión de vender sus inmuebles en Cataluña para dirigir sus inversiones a otros lugares de España o Europa.
Lo que queda claro es que los legisladores están consiguiendo su objetivo y una de sus principales reivindicaciones: echar a los inversores para que puedan bajar los precios del alquiler y expulsar a los especuladores del mercado.
Pero hay que tener mucho cuidado con estas medidas porque introducen inseguridad y miedo entre los pequeños propietarios que, por seguridad, no facilitarán sus viviendas al mercado de alquiler.
La Generalitat de Cataluña debiera tener en cuenta que hay muchas familias que llegan a final de mes gracias a un alquiler de un inmueble, ya sea porque han procedido a realizar una inversión o porque lo han recibido por herencia.
Hay que ser consciente de que esta ley no solo afecta a los llamados grandes tenedores. Permaneceremos a la espera de poder analizar a fondo el Fallo cuando finalmente vea la luz la sentencia completa.