
Trabajo hizo pública la esperada guía para aplicar el nuevo control de horarios en las empresas, que acaba de entrar en vigor.
El protocolo presenta una flexibilidad necesaria para determinados colectivos laborales, especialmente altos directivos y mandos intermedios de empresas, además de autónomos o socios trabajadores de cooperativas. Carece de sentido un control exhaustivo de la jornada laboral de aquellos profesionales que, por su función o por la naturaleza de los contratos que han firmado, se sujetan a una libre (o plena) disponibilidad horaria. Las aclaraciones de Trabajo, por tanto, son necesarias y deben extenderse a otros aspectos todavía por explicar en la norma, como el modo en que se aplicará el régimen de sanciones.