
Hace dos días, el 8 de junio, el Tribunal Constitucional declaraba nula e inconstitucional la amnistía fiscal aprobada por el Gobierno del PP de Cristóbal Montoro y Mariano Rajoy hace cinco años. Además, el Constitucional lo hacía por unanimidad, siendo ponente un exdiputado del Partido Popular, el magistrado Andrés Ollero, y en unos términos durísimos. Por ejemplo, señala que la amnistía fiscal del PP y CiU en 2012 suponía "la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos".
Lo peor es que esta sentencia era perfectamente previsible y llega tarde. El mismo día que el Gobierno del PP aprobó la amnistía fiscal, el 30 de marzo de 2012, la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda, de la que yo era secretario general y portavoz, señalaba en una nota de prensa que "se muestra absolutamente en contra de una amnistía fiscal, en la cual se libere al contribuyente del régimen sancionador establecido por la LGT a cambio de una pequeña sanción del 10 por ciento proporcional e independiente del volumen defraudado, dado que tal medida sería muy injusta e iría frontalmente en contra del art. 31 de la Constitución".
El artículo 31 de la Constitución establece precisamente la obligación de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos. Esto se veía venir, para cualquiera que quisiese verlo desde hace más de cinco años. Como también resultaba evidente que perdonarles los impuestos a los peores defraudadores, mientras al mismo tiempo se procedía a la mayor subida de impuestos de la democracia, era indecente e impresentable. Efectivamente, ésa y no otra fue la política fiscal, y "anti-fraude" del Gobierno de la mayoría absoluta del PP, condimentada, además por el recorte de medios materiales, humanos y presupuestarios en la lucha contra el fraude.
Aye,r el portavoz del Grupo Popular, Rafael Hernando admitía que "evidentemente, no lo hicimos bien, fue una medida a la desesperada". Ésta es la primera vez que un dirigente del PP, en público por lo menos, admite un error en esta medida. Sin embargo, la realidad es bastante peor, la medida fue una inmensa chapuza, y no, no fue una medida desesperada. En primer término, si se utilizó, de forma inconstitucional, el Decreto Ley fue para evitar una tramitación en las Cortes, donde el PP disponía de una cómoda mayoría absoluta. Sin embargo, para despenalizar con mayor seguridad a los delincuentes fiscales que se habían acogido a la amnistía sí que se modificó, una vez conocida por Hacienda la lista de defraudadores acogidos a la amnistía, el Código Penal mediante la Disposición Adicional 1ª de la Ley Orgánica 7/2012.
Además de esta chapuza, que es la primera que ha llevado a la inconstitucionalidad de la amnistía, por evidente infracción del artículo 86 de la Constitución, hay más. Pero conviene detenerse un momento en si era evidente la inconstitucionalidad. La realidad es que sí, porque el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos está regulado en el artículo 31 de la Constitución y es un deber fundamental. Por esa razón, el artículo 86 prohíbe que esto se regule por Decreto Ley.
Resulta evidente que perdonar los principales impuestos como el IRPF o el impuesto de sociedades, a cambio de una tarifa plana de teóricamente el 10 por ciento, supone exonerar a muy bajo precio el deber de contribuir. Esto no se puede hacer por ley, pero mucho menos por Decreto-Ley, para intentar evitar la publicidad del bochorno. Lo que fue un error fue creerse que, por esos procedimientos, nadie se iba a percatar de lo que estaba pasando, lo que fue una inmensa indecencia y chapuza fue toda la tramitación.
Esta chapuza fue aún mayor permitiendo, mediante un informe ilegal de la Dirección General de Tributos, sólo se pagase un 3 por ciento, y no el ya ridículo e inconstitucional 10 por ciento previsto en la norma de la amnistía. Esto hizo que no se cumpliese la previsión recaudatoria de 2.500 millones, y que los defraudadores, algunos de ellos vinculados a la corrupción, pagasen cuantías absolutamente ridículas. Si tan desesperado estaba el PP por recaudar, cualquiera sabía que éste no era el camino. Si la desesperación era otra, convendría que el PP la explicase.
Señalaba Séneca que no existe nada tan parecido a la Injusticia como la Justicia tardía. Por eso, esta sentencia, al llegar tan tarde, hace que no tenga aplicación en casi ningún caso. Sin embargo, el efecto demoledor de la prescripción se hubiese evitado si se hubiesen abierto masivamente inspecciones a los 30.000 defraudadores de la amnistía fiscal. Esto es algo que Ciudadanos exigió en el acuerdo de Gobierno con el PSOE, responsable de dos amnistías fiscales anteriores, y también en el acuerdo de investidura con el PP, responsable de la tercera.
Ahora que el Constitucional nos ha dado la razón, es el momento de que el ministro Montoro comparezca en el Congreso, como hemos exigido desde Ciudadanos, y explique el fracaso definitivo, ahora también constitucional, de la medida por la que su gestión será recordada: la amnistía fiscal, la vergonzosa, chapucera e inconstitucional amnistía fiscal.