Opinión

Adif, en la luna

  • Los cárteles persiguen sus propios intereses

El Diccionario de la Real Academia Española (DRAE) exige un repaso general en relación con los términos económicos; en bastantes ocasiones imprecisos o poco actualizados. Un ejemplo de ello es la definición de cártel: "Convenio entre varias empresas similares para evitar la mutua competencia y regular la producción, venta y precios en determinado campo industrial". Parece como si el sector primario o los servicios no existieran, amén de otras cuestiones

. Sólo es necesario consultar a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para obtener una definición precisa y operativa a la que unos y otros puedan referirse. En este caso, la definición no da esplendor aunque tenga fácil remedio. En la Disposición adicional cuarta de la vigente la vigente Ley de Defensa de la competencia, por ejemplo, el cártel se define como "todo acuerdo secreto entre dos o más competidores cuyo objeto sea la fijación de precios, de cuotas de producción o de venta, el reparto de mercados, incluidas las pujas fraudulentas, o la restricción de las importaciones o exportaciones".

La definición de la ley es más completa que la del DRAE e, incluso, es susceptible de perfección.A mi juicio esta cuestión adquiere relevancia dada la existencia de cárteles por todas partes. Es como una lacra que tiene efectos perversos sobre el conjunto de la economía, los consumidores y no pocas empresas. Y aunque desde posiciones ultraliberales se condene la lucha contra los cárteles, algunos de sus argumentos no se sostienen dada la evidencia empírica: ni se autocorrigen ni son efímeros. Tampoco son portadores universales de innovación y eficiencia. Como norma sólo persiguen sus propios intereses y la protección del operador ineficiente que, en un mercado competitivo, vería como su cuota de mercado se reduce en favor de los operadores más eficientes. Hasta su desaparición. En todo caso, ésta es una cuestión relevante que merece un análisis y discusión en profundidad.Muchas son las resoluciones de las autoridades de defensa de la competencia contra los cárteles.

En las mismas, el análisis económico debería merecer más atención pues permite definir mejor los perfiles difusos. Lo mismo puede decirse de la estimación de los efectos reales de las conductas examinadas. Adicionalmente, igual que puede sostenerse que ha habido mucha pereza administrativa puede alegarse que se ha iniciado un proceso de reflexión y se detecta una mayor preocupación por estimar los efectos de las conductas y una mayor actividad en la lucha contra los cárteles.

Ahora, según una nota de prensa reciente de la CNMC, le ha tocado el turno a cuatro empresas que se repartieron -¡durante 15 años!- el mercado de suministro de desvíos ferroviarios al administrador de infraestructuras ferroviarias (Adif), una entidad pública empresarial dependiente del Ministerio de fomento cuya misión es potenciar el transporte ferroviario en España. A los efectos que ahora interesan, en el contexto del análisis económico de los mercados, Adif puede ser considerado como un monopsonio; es decir, una empresa con un elevado poder de negociación que, debe suponerse, conoce perfectamente las condiciones del mercado.Pese a ello, los gestores de Adif vivieron en la luna. No es la primera vez. En efecto, no detectaron (o cerraron los ojos) que cuatro empresas han acordado precios y otras condiciones comerciales, han intercambiado información comercial sensible en las licitaciones convocadas por Adif (y su antecesor, el GIF). En otros términos, Adif ha pagado más por lo que podía pagar menos. Los beneficiados han sido los cuatro cartelistas. Los perjudicados, directa o indirectamente, todos.

Sorprendentemente, y ello es una buena noticia, el expediente de la CNMV se inició a partir de un escrito de Adif solicitando un informe para conocer si los procedimientos de contratación incluían alguna práctica contraria a la competencia. Los resultados del análisis han puesto de relieve la existencia de dicho cártel. Ahora falta analizar las responsabilidades internas para averiguar si hubo negligencia, mala fe o cualquier práctica incompatible con la legislación vigente.

Como no es la primera vez que, desde posiciones de monopolio, algunos organismos públicos se han enfrentado con cárteles confiando en sus sistemas de contratación, debería procederse a una revisión general de los procedimientos. De no hacerlo, estas situaciones se repetirán en detrimento del conjunto de la sociedad. Todo ello sin excluir la investigación acerca de posibles cooperadores con los cárteles dentro de la propia administración pública.

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