Opinión

Vidas (tributarias) paralelas

  • Urge un cambio que diferencie los pagos aplazables de la insolvencia

El pasado 13 de mayo, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, anunció la buena marcha de la recaudación tributaria del primer cuatrimestre de 2015, con un incremento del 4% con respecto al mismo período de 2014, en términos homogéneos, para conocer la evolución económica (descartando el impacto de cambios normativos o el diferente ritmo de devoluciones).

A los inspectores de Hacienda nos interesa más la recaudación líquida que entra en la caja pública (ingresos menos devoluciones) pues, de hecho, una de las razones de esos cambios normativos ha sido mejorar los ingresos públicos. Pues bien, la recaudación líquida confirma esa evolución positiva.

En el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), pese a la rebaja de tipos, hay una leve mejoría, si bien provisional, porque las retenciones ingresadas en enero correspondían a diciembre (nómina más paga extra, funcionarios ya incluidos), período no afectado por la rebaja.

En el Impuesto de Sociedades (IS), tras el primer pago fraccionado -abril- se constata un fuerte incremento. Parece consolidarse la evolución positiva de los beneficios de las empresas con facturación superior a 6 millones de euros, que pagan un porcentaje sobre la base imponible del primer trimestre del año.

El IVA mejora notablemente (18%), a pesar de la previsible pérdida de ingresos por el diferimiento de pago de este tributo indirecto a la importación. No cabe otra explicación que la mejora del consumo, pues los cambios normativos no tienen tanto potencial recaudatorio. Hasta aquí, la recaudación vía autoliquidaciones.

Si analizamos los resultados directos de las actuaciones de control efectuadas por la Agancia Tributaria (AEAT), veremos también cifras positivas, con un 26% por encima del primer cuatrimestre de 2014, equivalente a 810 millones más.

Pero hay un dato que resulta muy inquietante para los Inspectores de Hacienda: es el crecimiento de la deuda pendiente de cobro; lo que se declara o liquida, pero no se ingresa. Su incremento ha sido imparable, como se puede ver en las memorias editadas por la AEAT, pues desde 2006, año en el que los impagos que tuvieron que gestionarse por vía ejecutiva sumaron 5.000 millones de euros, su cuantía ha ido aumentando hasta los 12.500 millones de 2014. Si le sumamos la parte de deuda impagada aún en período voluntario (aplazamientos, concursos) el total, a fines de 2014, ascendía a 50.000 millones (4,75% del PIB). Y la tendencia en 2015 apunta a un empeoramiento.

Existe un paralelismo recaudación-deuda realmente curioso. Antes de 2009, estos impagos seguían una lógica tendencia a la baja, a medida que la recaudación tributaria general mejoraba, y viceversa. Esto es, una mejora económica producía más ingresos vía autoliquidación y reducía los impagos. Desde ese año, la tendencia es contraria e incrementos en la recaudación tributaria conllevan paralelas alzas en la morosidad.

Los motivos pueden ser múltiples, pero destacaríamos la asfixia financiera de las empresas, que se combinó con cierta laxitud en la gestión de los aplazamientos y con la inadecuada utilización de la figura del proceso concursal. Para paliar esta sangría se han ido adoptando medidas como la inadmisión de aplazamientos (retenciones, o deudas contra la masa en los concursos), o la inversión del sujeto pasivo en operaciones sujetas a IVA. Pero continúan existiendo grandes focos de morosidad, como la proliferación de aplazamientos de IVA, los procesos concursales, o las suspensiones de ejecución de deudas vinculadas a la elevada litigiosidad de las actuaciones inspectoras.

Recordando a Plutarco, estamos ante Vidas paralelas: recaudación y deuda, que no debieran serlo. Y como él, los inspectores y la AEAT no debemos centrarnos en glosar los logros, sino en buscar las virtudes y defectos que nos han llevado a éxitos y fracasos parejos, para potenciar los unos y solucionar los otros. La Agencia Tributaria no debe relajarse con esos datos positivos mientras no seamos capaces de reconducir la deuda pendiente.

Son necesarios cambios normativos y organizativos que potencien la colaboración y la prevención de conductas fraudulentas, y es imprescindible dedicar los medios suficientes a estas tareas. Procede también aplicar correctamente la normativa recaudatoria y concursal, diferenciando lo aplazable de la insolvencia.

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