
La Comisión Europea presentó las líneas generales de su hoja de ruta ecológica. El plan debería incluir una estrategia de inversión sostenible que ayude a las empresas a cambiar de tecnología y a los ciudadanos a cambiar su comportamiento, compensando los crecientes costes que tendrán que afrontar debido al aumento de los precios del carbono.
La estimación más reciente de Bruselas sobre la "brecha de inversión verde", es decir, las inversiones adicionales necesarias para alcanzar el objetivo climático de la UE para 2030, son de 260.000 millones de euros al año.
Teniendo en cuenta el objetivo más ambicioso propuesto por Ursula von der Leyen (objetivo de reducción de emisiones del 50 al 55 por ciento en comparación con 1990, en lugar del 40 por ciento) y la gran incertidumbre que rodea a estas estimaciones, el número deseable de inversiones adicionales está probablemente más cerca o incluso por encima de los 300.000 millones de euros al año.
La Comisión debe encontrar una forma de fomentar la inversión verde en los Estados
Las empresas y los hogares serán responsables de la mayor parte de estas inversiones, pero también será necesaria la inversión pública debido al carácter de bien público de algunas de ellas (por ejemplo, para desplegar un sistema de transporte sostenible o para renovar los edificios públicos y las viviendas sociales a fin de que sean eficientes desde el punto de vista energético). Dado el tamaño relativamente pequeño del presupuesto de la UE, la mayoría de estas inversiones públicas tendrán que realizarse a nivel nacional. Pero esto significa que las decisiones y la asignación de fondos estarán en manos de los gobiernos nacionales y no bajo el control de la UE. Por lo tanto, si la Comisión Europea quiere fomentar la inversión para acelerar la transición, debe encontrar una forma de fomentar la inversión pública ecológica en los Estados miembros.
La principal herramienta para que la Comisión de la UE haga esto es el marco fiscal europeo.
En general, las normas tributarias europeas deberían reformarse para disuadir a los países de recortar la inversión pública cuando consolidan sus finanzas públicas y para garantizar que puedan aprovechar los tipos de interés favorables para invertir en bienes públicos.
Urgen nuevas normas que separen el gasto para reducir emisiones del resto
Una forma de hacerlo sería incluir algún tipo de regla de oro en el marco fiscal europeo para permitir la financiación de las inversiones mediante la emisión de deuda.
Sin embargo, si no se puede llegar a un acuerdo para reformar a fondo las normas fiscales europeas a fin de hacerlas más favorables a la inversión en general, una reforma centrada en la autorización de inversiones verdes con financiación deficitaria durante la transición debería formar parte del Acuerdo Verde. Una manera de establecer una forma de "regla de oro verde" sería revisar la cláusula de inversión del marco fiscal europeo para hacerla mucho más flexible a fin de eximir de las normas fiscales a las inversiones públicas que mitigan o se adaptan al cambio climático.
De hecho, la cláusula actual ya permite desviarse del objetivo a medio plazo de equilibrio estructural para financiar inversiones "con efectos positivos, directos y verificables a largo plazo sobre el crecimiento y la sostenibilidad de las finanzas públicas". Dado el riesgo potencialmente elevado a largo plazo del cambio climático para las finanzas públicas, no sería una exageración aplicar la cláusula a las inversiones ecológicas.
Sin embargo, serían necesarias otras mejoras para transformar la cláusula de una exención pequeña y temporal que sólo puede utilizarse en épocas de crisis en una exención más significativa y permanente de las normas para las inversiones ecológicas, también en épocas de bonanza.
De hecho, la versión actual de la cláusula de inversión está sujeta a las siguientes condiciones:
Se prevé que el crecimiento del PIB del Estado miembro sea negativo o se mantenga muy por debajo de su potencial (lo que da lugar a una brecha de producción negativa superior al 1,5 por ciento del PIB potencial).
El Estado miembro se mantiene en la vertiente preventiva y se mantiene un margen de seguridad adecuado con respecto al valor de referencia del 3 por ciento del PIB para el déficit.
Los proyectos deben ser cofinanciados por fondos de la UE. La desviación no debe superar el 0,5 por ciento del PIB, y en acumulativo con la cláusula de reforma estructural no debe superar el 0,75 por ciento del PIB.
Los gastos cofinanciados no deben sustituir a las inversiones nacionales
El objetivo a medio plazo deberá alcanzarse durante los cuatro años del programa de estabilidad o de convergencia.
La exención se concede por una sola vez durante la trayectoria de ajuste hacia el objetivo a medio plazo.
Como resultado de estas condiciones restrictivas, sólo dos países, Italia y Finlandia, han utilizado hasta ahora la cláusula de inversión.
Se necesitarán algunos cambios legislativos para revisar la cláusula a fin de eximir de las normas fiscales a la inversión pública que mitiga el cambio climático o se adapta a él. La actual cláusula de inversión se establece en el Código de Conducta del Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC), modificado por última vez en 2017. En realidad, la cláusula proporciona orientaciones sobre la aplicación del artículo 5, apartado 1, y del artículo 9, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 1466/97, que es la legislación (modificada en 2005 y 2011) que autoriza "desviaciones temporales" de la senda de ajuste hacia el objetivo a medio plazo en el caso de acciones que tengan efectos presupuestarios positivos a largo plazo.
Dado el carácter más urgente de la razón actual para invertir en transición ecológica (acelerarla en los próximos diez años), la revisión del Código de Conducta del PEC probablemente no será suficiente esta vez, y también habrá que seguir revisando el Reglamento para aumentar la flexibilidad.
Sin embargo, para evitar que los países que se vean tentados a aplicar la exención a sus gastos corrientes abusen de esa cláusula, podrían introducirse dos salvaguardias en la nueva legislación:
En primer lugar, la cantidad máxima de inversión verde exenta podría estar relacionada con el nivel de la "brecha de inversión verde" en cada país, que se debatiría y determinaría cada año como parte del semestre europeo.
En segundo lugar, se necesitarían normas contables claras para separar las inversiones en la transición con bajas emisiones de carbono de otros gastos. Esto debería facilitarse mediante la introducción de una taxonomía ambiciosa para la financiación sostenible (que está actualmente definiéndose) y de normas claras sobre la emisión de bonos verdes.
Por lo tanto, las inversiones verdes bien definidas, financiadas mediante la emisión de bonos verdes, podrían separarse claramente del resto del presupuesto y quedar exentas de las normas.
Esta reforma, limitada a la cláusula de inversión, no pondría fin al debate sobre el marco fiscal europeo y no resolvería sus numerosos defectos, pero sería un buen primer paso, ya que ayudaría a animar a los países de la UE a invertir en la descarbonización.