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Cómo pagar el Impuesto de Matriculación (IVTM): bizum, tarjeta o cuenta bancaria

Coche de juguete frente a un hombre calculando el Impuesto de Matriculación | Fuente: iStock

A día de hoy, tener un coche en propiedad conlleva una serie de gastos asociados fijos. Entre estos gastos se encuentra el impuesto de circulación (IVTM), comúnmente conocido como el 'numerito'.

El plazo para abonar el abono de esta tasa ya se ha abierto en algunas ciudades y, además, como novedad, podrá hacerse a través de Bizum. No obstante, se sigue pudiendo realizar mediante tarjeta o cuenta bancaria.

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), conocido popularmente como el 'numerito' del coche llegó a nuestras vidas en 1990 para sustituir al impuesto municipal sobre circulación de vehículos.

El IVTM se aplica por tener un vehículo matriculado que puede circular por la vía pública. Los ayuntamientos son los encargados de su recaudación y el pago es anual, siendo la persona titular del vehículo quien debe efectuarlo el 1 de enero del año en curso. Por lo tanto, si vende el coche tras dicha fecha continuará siendo el responsable de la tasa.

¿Cuándo y cómo pagar el 'numerito'?

Los parámetros establecidos para saber cuánto debe pagar cada vehículo en el impuesto de circulación es la potencia (los caballos fiscales). No obstante, existen unas cifras mínimas que varían en función de cada ayuntamiento.

  • Menos de ocho caballos fiscales: 12,62 euros.
  • De ocho a 11,99: 34,08 euros.
  • De 12 a 15,99: 71,94 euros.
  • De 16 a 19,99: 89,61 euros.
  • De 20 en adelante: 112,00 euros.

La fecha en la que se debe pagar el 'numerito' del coche varía en función de la ciudad en la que debas hacerlo:

  • Madrid: si el pago no está domiciliado, se debe abonar entre el 1 de abril y el 2 de junio de 2025.
  • Barcelona: las fechas van del 15 de abril al 16 de junio, aunque si está domiciliado el pago se harán efectivos el 3 de julio.
  • Valencia: el pago se puede llevar a cabo del 1 de septiembre al 31 de octubre.
  • Sevilla: se puede saldar del 15 de marzo al 31 de mayo, o el día hábil posterior.
  • Zaragoza: el período va del 15 de abril hasta el 16 de junio.

Los conductores pueden domiciliar el impuesto de circulación, lo que significa que el importe se cargará automáticamente el último día del período voluntario de pago.

Si el titular decide no domiciliar el pago, recibirá una notificación del ayuntamiento y podrá abonar la cantidad de forma presencial en las oficinas de los bancos colaboradores, por teléfono o a través de internet, utilizando tarjeta, banca electrónica o certificado digital.

Además, algunos ayuntamientos permiten pagar este impuesto mediante Bizum. Por ejemplo, desde febrero en Madrid, los conductores pueden abonar cualquier impuesto relacionado con el coche, incluyendo tasas y multas, tanto en el período voluntario como en el ejecutivo.

Por último, en caso de ignorarse el pago del impuesto de circulación, el ayuntamiento volverá a enviar la carta de pago con recargos distintos:

  • Un 5% si el abono se realiza antes de recibir la notificación de la providencia de apremio.
  • Un 10% si el pago se efectúa después de dicha notificación y dentro del plazo establecido en el artículo 62.5 de la Ley General Tributaria.
  • Se podrán añadir intereses de demora, llegando hasta un 20%.

Si, tras estas reclamaciones, el titular continúa sin pagar, se tomarán medidas como el embargo de la cuenta bancaria o incluso del vehículo.

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