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Estos son los casos en los que está permitido circular marcha atrás

  • Aunque no lo creas, hay un máximo de metros que se puede circular marcha atrás

Las leyes son las normas que se encargan de regular algún fenómeno. Al igual que en muchos ámbitos, también existen en la circulación. Entre estas se encuentra la normativa para circular marcha atrás. Conoce qué dice la norma sobre esto, cuáles son los casos en los que se puede hacer y cuánto es lo máximo que puedes recorrer.

Circular hacia delante suele ser lo habitual, pero algunas situaciones del tráfico o de la vía pueden hacer que tengas que meter marcha atrás en algún momento. Aunque creas que no, estas situaciones están reguladas y solo existen algunas en las que está permitido ir circulando hacia atrás. Conoce cuáles son y así sabrás si lo estabas haciendo bien hasta ahora.

No se puede circular hacia atrás en cualquier vía

La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial es la que nos dice cómo debemos circular y es muy clara en este aspecto. Indica que: "se prohíbe circular marcha atrás, salvo en los casos que no sea posible circular hacia delante". Además, también deja claro que no se pueden recorrer más de 15 metros circulando hacia atrás ni invadir un cruce de vías. También se recalca que con esta maniobra hay que proceder lentamente, además de señalizarla con los intermitentes. Finalmente, menciona que hay que cerciorarse e incluso ayudarse de otra persona, si fuera necesario, de que la maniobra no va a ser un peligro para los demás usuarios de la vía.

Retrovisor, Señalización y Maniobra

Desde la DGT indican cómo se debe realizar esta maniobra y recomienzan seguir una regla llamada RSM: Retrovisor, Señalización y Maniobra. Para empezar, debes observar el tráfico por los retrovisores para comprobar que puedes hacer la maniobra. Hay que marcar con los intermitentes el movimiento que vas a realizar, además deberás hacerlo con tiempo suficiente para que los demás conductores tengan claro tus movimientos. Finalmente, maniobra.

En estos casos está permitido dar marcha atrás

Como mencionaba antes, la normativa indica que circular marcha atrás está permitido si no es posible hacerlo hacia delante. Una situación que cumple esta normativa es cuando tengamos un obstáculo delante como una pared o se acabe la calzada. Por ejemplo, cuando hemos aparcado de frente o tengamos una calle cortada. En esta situación sí que se puede dar media vuelta ayudándote de la marcha atrás o salir directamente utilizando esta marcha.

También se podrá hacer como una maniobra complementaria. Si bien hemos realizado una parada (máximo dos minutos) o estamos estacionando, ya sea en paralelo o en batería, podremos ayudarnos de la marcha atrás. Finalmente hay que mencionar que sí que existen casos donde está completamente prohibido utilizar la marcha atrás. Estos son cuando ya estás dentro de una autopista o una autovía.

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