Bolsa, mercados y cotizaciones

La CNMV quiere desenmascarar los fondos pasivos que se hacen pasar por activos

Europa entera vigila de cerca los fondos que se hacen llamar activos, pero que, en realidad, su gestión es más bien pasiva porque sus carteras están estrechamente vinculadas a sus índices de referencia, aunque cobren comisiones de fondos activos. En febrero de 2016, la ESMA, la Autoridad Europea de Valores y Mercados, publicó el resultado de una investigación acerca de esta práctica, conocida como closet indexing, que ha llevado a países como Alemania, Francia, Italia o Reino Unido a adoptar medidas para mejorar la transparencia de los fondos.

En España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) también ha realizado su propio estudio y, tras él, estima necesario que las gestoras apliquen ciertos criterios con el fin de mejorar la información aportada a los inversores en este ámbito.

En el análisis del regulador se ha detectado un número reducido de casos que han procedido a la actualización de sus documentos informativos. Sobre esos documentos, no obstante, la CNMV alaba que la mayoría de los productos  detalla en sus DFI (el documento que contiene los datos esenciales para el inversor) el índice de referencia del producto. Pese a ello, "en línea con las recomendaciones de la ESMA y con las mejores prácticas de otros países", dice el regulador, es "necesario que las gestoras apliquen algunos criterios para mejorar la información aportada a los inversores si la gestión se vincula al índice de referencia".

Los criterios

Habla de dos criterios. El primero referido al apartado de "objetivos y política de inversión" del fondo. Donde se incluya un índice de referencia "se deberá especificar si éste se utiliza en términos meramente informativos o comparativos", es decir, sin condicionar la libertad del gestor, o si, por el contrario la gestión se vincula en mayor o menor medida a ese índice de referencia. En este último caso, deberá aportar información adicional sobre el grado de libertad que tiene el gestor respecto al índice. Pone, como ejemplo de parámetros que podrían servir para ello, los límites de tracking error, de correlación, los niveles de exposición a los emisores que componen el índice o, incluso, "el rango en el que se podrían mover las sobreponderaciones o infraponderaciones con respecto al índice de referencia".

Los fondos que se vean en esta circunstancia porque su gestión se vincule en mayor o menor medida a un índice de referencia, deberán incluir esta información en la siguiente actualización de sus DFI (Documento con los datos fundamentales para el inversor).

El segundo hace referencia a la información pública periódica que estos productos remiten a la CNMV. Esta deberá aportar información sobre el grado de discrecionalidad que ha existido en la gestión durante un determinado periodo, y en el caso de que, en mayor o menor medida, esté vinculada a un índice, deberán "detallar la evolución del fondo en comparación con su benchmark, así como cualquier otra información adicional que la gestora considere oportuno aportar, como tracking error, total de exposición sobre el patrimonio que se mantiene en los componentes del índice, active share, nivel de coincidencia en el orden de las posiciones respecto al benchmark…".

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