
La nueva directiva europea de instrumentos financieros (Mifid II) promete ser una revolución en la industria de fondos, entre otras cuestiones porque regulará cómo paga el cliente al obligar a las entidades a definirse como independientes o no independientes (solo estas últimas podrán cobrar retrocesiones, esto es, la parte de la comisión de gestión destinada a retribuir a la red comercial). Eso sí, esa mayor transparencia tendrá también un mayor coste que los clientes, además, no podrán desgravarse.
Tal y como explica Miguel Ángel Bernal, profesor y coordinador del departamento de investigación del IEB, "el asesor que se declare independiente tendrá que facturar directamente al cliente", y Hacienda le obligará a cobrar un IVA del 21% que éste acabará repercutiéndole. Pone un ejemplo: "Por un servicio que vale 100 euros, si además se tiene que facturar sobre la retrocesión de 500 euros, al final el IVA se calcula sobre 600 euros", explica, "por lo que la cantidad es mucho más grande". Un gasto que, además, "no es deducible", subraya.
A día de hoy se pueden compensar pérdidas con plusvalías, y eso se seguirá pudiendo hacer. Lo que no tendrá carácter desgravable es el coste del asesoramiento, explican fuentes de la industria.
Gonzalo Rengifo, director general de Pictet AM en Iberia y Latam, va más allá y amplía el foco a los asesores independientes y no independientes porque todos tendrán que "llevar un registro de sus recomendaciones y sus modificaciones, grabación de llamadas o seguimiento continuo de cambios en las condiciones del mercado para comprobar que el producto sigue siendo idóneo para el perfil del cliente", enumera. Así que, aunque Mifid II protege al inversor, al final va a hacer todo más caro y quien tiene acceso al cliente lo pasará a éste de un manera u otra?, sugiere el experto. Además, "la formación ha mejorado muchísimo y el esfuerzo por certificar en España es inigualable respecto a Europa", argumenta Rengifo.
El problema, según Bernal, es que "ya se han hecho los modelos de negocio para la banca y eafis", aunque el profesional cree que "no se debería haber realizado hasta que no se aclarase la fiscalidad de las facturaciones".
¿Gustará saber los costes?
No hay que olvidar que uno de los puntos claves de la reforma es que los asesores no independientes deberán especificar qué parte del coste responde a la comercialización y qué parte al asesoramiento. Y se permitirán incentivos siempre y cuando, en líneas generales, justifiquen una mejora del servicio. Un desglose que muchos creen podría acabar expulsando al particular.
Un estudio elaborado por los departamentos de investigación de Efpa e IEB ya alertaba recientemente que las familias con un patrimonio medio de hasta 300.000 euros no podrán recibir asesoramiento financiero independiente "tradicional" (partiendo de un escenario optimista en el que el patrimonio financiero medio de una familia española rondase los 109.524 euros por hogar).
"Se va conocer la cantidad de cada comisión en euros y por conceptos. Además de transparencia en costes, el minorista debe ganar en oferta y acceso a asesoramiento de mejor calidad. Pero está por ver la reacción del inversor, para quien el asesoramiento a través de fondos ha sido implícito", valora Rengifo.
En este punto, para Víctor Alvargonzález, estratega de inversiones, "el problema viene porque las entidades quieren cobrar al cliente y luego hacerle partícipe de la comisión de retrocesión".
Cuál es el calendario previsto
El Ministerio de Economía pretende publicar a finales de este mes o principios de junio el borrador de la transposición en España, que tiene que estar lista como muy tarde el 3 de julio. Tras retrasarla un año, la normativa entrará en vigor en enero de 2018, aunque la banca reconoce que no está preparada. Y es que faltan aspectos por concretar. El otro gran objetivo de Mifid II (además de mejorar la transparencia) es fomentar la protección del inversor. Y en ese sentido, la directiva establecerá que los distribuidores evalúen el target de cliente al que se dirige un producto concreto para evitar que aquellos que tienen escasos conocimientos adquieran productos financieros complejos de elevado riesgo (como ocurrió con las preferentes).
También tendrán que mejorar la formación de sus empleados de banca que den servicio financiero a los clientes, ya sea solo de información o también de asesoramiento. Eso sí, el plazo termina en enero de 2022, ya que la CNMV ha establecido un periodo de hasta cuatro años una vez entre en vigor la directiva. No obstante, aún no hay un listado concreto de las certificaciones que son reconocidas.