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Economía/Empresas.- Un juzgado brasileño multará a Telefónica con 2,5 millones al mes si no detalla llamadas locales

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

Un juzgado brasileño amenaza en una sentencia con imponer 2,5 millones de euros mensuales de multa a Telefónica si no detalla las llamadas locales en las facturas, según informó hoy en un comunicado la Federación de Consumidores en Acción (Facua).

En concreto, la sentencia es fruto de una demanda presentada hace cuatro años por el Instituto Brasileño de Defensa del Consumidor (Idec), miembro al igual que Facua de la organización Internacional de Consumidores (Consumers International).

Fechada el 26 de junio, la sentencia que puede ser recurrida por Telefónica, determina que las facturas deben detallar de inmediato y sin necesidad de que los usuarios lo soliciten el teléfono al que se llamó, el valor cobrado, el tiempo de duración, día y horario de las llamadas metropolitanas, como ya ocurre en el resto.

El magistrado de Sao Paulo Rafael Tocantins Maltez ha fijado en la sentencia una multa de 50.000 reales diarios (83.745 euros, es decir, 2,5 millones de euros mensuales) en caso de incumplimiento. La decisión judicial se basa en el derecho a la información previsto en el Código de Defensa del Consumidor brasileño.

En la sentencia, el juez destacó el "deber jurídico" de la empresa de prestar tales informaciones desde siempre, además de afirmar que "la negativa en hacerlo así sería mala fe".

Por su parte, Telefónica alegaba la inviabilidad técnica de la compañía para detallar las conexiones locales en cuanto éstas fueran cobradas por pulso, además de supuestos altos costos involucrados. El magistrado resaltó sus "elevados lucros y la evidente capacidad técnica de Telefónica para proceder al detalle".

El nuevo contrato de concesión de telefonía fija, que entró en vigor el 1 de enero de 2006, ya prevé expresamente que las concesionarias tienen el deber de detallar las conexiones locales, pero condiciona tal providencia a la solicitud de los consumidores y mediante pago.

Por el contrario, la sentencia obliga a Telefónica a discriminar las cuentas inmediatamente para todos los consumidores y de forma gratuita. Así, la orden judicial vincula y vuelve sin efecto parte del nuevo contrato de concesión celebrado entre Anatel y Telefónica. Esta sentencia reconoce el derecho a la información de los consumidores y no vincula el ejercicio de ese derecho a la solicitud ni al pago, como hacen los contratos de concesión.

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