El estudio señala que los sindicalistas no están debidamente protegidos por la ley
MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
La Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) ha denunciado las violaciones de los derechos de los trabajadores que se cometen en Nicaragua, según datos revelados en un informe publicado al respecto.
El documento pone de relieve los numerosos obstáculos que deben sortear los trabajadores de ese país, haciendo especial hincapié en los problemas que sufren en las zonas francas industriales de Nicaragua, donde hay cerca de 60.000 trabajadores, en su mayoría mujeres.
A pesar de la existencia de una legislación que combate la discriminación en materia de remuneración y de acceso al empleo u ocupación, el informe sostiene que se discrimina "de manera muy grave" a las mujeres, los trabajadores con discapacidad y las poblaciones indígenas. Como ejemplo, se destaca que los hombres pueden llegar a ganar el doble que las mujeres por el mismo trabajo.
Además, la CIOSL alerta sobre la falta de aplicación por parte del Gobierno de una ley sobre trabajo infantil, en un país en que la mayoría de los menores de 17 años trabaja. El informe también relata casos de trabajo forzoso en forma de tráfico de seres humanos, especialmente menores, destinados a explotación sexual comercial.
SINDICALISTAS SIN PROTECCIÓN LEGAL
El estudio también revela que los sindicalistas no están debidamente protegidos por la ley y denuncia la situación de los trabajadores de las empresas públicas estatales, universidades e instituciones superiores de enseñanza técnica, cuyos derechos fundamentales no están explícitamente reconocidos en la legislación.
Además, a los empresarios les resulta muy sencillo despedir a los sindicalistas ya que, aunque esta práctica está penalizada por el Ministerio de Trabajo, el bajo importe de las multas no constituye una medida disuasoria eficaz.
El informe constata las graves limitaciones impuestas al derecho de huelga pues los sindicatos necesitan seis meses para cumplir con los trámites necesarios para convocar una huelga legal, según reconoce el Ministerio de Trabajo.
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