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Gobierno aprueba Real Decreto recursos propios entidades adapta Basilea II

Madrid, 15 feb (EFECOM).- El Consejo de Ministros aprobó hoy el Real Decreto de recursos propios de las entidades financieras, con lo que se actualiza la normativa para que se adapte al acuerdo internacional de capital de Basilea II.

La finalidad de esta norma es ajustar los requisitos mínimos de recursos propios de las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión a sus verdaderas necesidades y riesgos, con lo que se pretende lograr una mayor armonización en los criterios de solvencia y de supervisión prudencial, lo que redundará en una mayor estabilidad financiera, un incremento de la competitividad y menos riesgos para los consumidores, explica el Ejecutivo.

El Real Decreto trata, en primer lugar, de reformar el pilar tradicional de la supervisión de la solvencia de las entidades financieras, que es la exigencia de que tengan un mínimo de recursos propios y lo hace aproximando la medición de riesgos necesaria para el cálculo de dicho mínimo a los propios mecanismos de medición de las entidades financieras.

Con ello se estimula el desarrollo de adecuados procedimientos internos de gestión de riesgos, premiando a las entidades que han invertido más en este ámbito y que se convierten en ejemplo de buena práctica.

Existen tres métodos diferentes: el método estándar -sencillo y similar al vigente-, el método basado en calificaciones internas, conocido como IRB básico, y el método basado en calificaciones internas avanzado, que se conoce como IRB avanzado.

El principio por el que se rige el establecimiento de distintas opciones para medir los riesgos es el de proporcionalidad, de forma que las entidades más pequeñas y menos complejas pueden optar por el método estándar, mientras que a las más sofisticadas se les premia la inversión realizada en desarrollar un mejor modelo de gestión del riesgo aceptando que lo usen para fines regulatorios.

El modelo avanzado deberá ser validado previamente por el supervisor correspondiente, o bien la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) o el Banco de España.

Asimismo, el Real Decreto aprobado hoy refuerza la supervisión de la solvencia de las entidades financieras, ya que a partir de ahora no será suficiente con mantener un coeficiente de solvencia mínimo sino que tendrá que haber un diálogo continuo supervisor-entidad financiera, tanto para el caso de los riesgos para los que se exige una cifra específica de recursos propios mínimos, como para los demás riesgos que afronte la entidad.

Otra de las novedades que introduce este Real Decreto es que incluye la disciplina de mercado como un controlador adicional al supervisor de la solvencia de las entidades financieras, con el objetivo de que el escrutinio del mercado ejerza un efecto disciplinario sobre la buena gestión de los riesgos y la solvencia de las entidades financieras.

Para conseguirlo se obliga a las entidades a divulgar al público un documento denominado "Información con relevancia prudencial", que contiene información sobre los aspectos clave de su perfil de negocio, exposición al riesgo y formas de gestión del riesgo. EFECOM

ala/jla

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