MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado en su página web información sobre las llamadas "ventanas de liquidez", fechas predeterminadas en las que el partícipe puede reembolsar sus fondos total o parcialmente, al valor liquidativo del momento, sin pagar comisión de reembolso.
Un traspaso de fondos es el reembolso de un fondo (origen) y la inmediata suscripción de otro (destino), con una diferencia de tributación. En cualquier caso, ambas operaciones (reembolso y suscripción) están sujetas a las respectivas comisiones que tengan establecidas los fondos en sus folletos.
La CNMV señala en su 'Rincón del Inversor' que, con el fin de asegurarse de que el reembolso se tramite en la fecha deseada y, por tanto sin comisión, el partícipe puede utilizar dos alternativas. En primer lugar, dar la orden de traspaso con la suficiente antelación para que pueda llegar a la entidad de origen con anterioridad a la fecha de la "ventana" o con el plazo de preaviso establecido.
También puede optar por realizar un traspaso "puente" dentro de la entidad de origen a otro fondo de bajo riesgo y sin comisión de reembolso, para, a continuación, solicitar el traspaso desde la otra entidad (destino).
Se trata simplemente de ir a la entidad del fondo de origen y solicitar, acogiéndonos a la "ventana", el traspaso a otro fondo de bajo riesgo y sin comisión de reembolso perteneciente a esa misma entidad.