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El Supremo ignora los "legítimos desahogos" de las defensas del procés

Madrid, 27 dic (EFE).- El Supremo juzgará a los principales responsables del proceso soberanista catalán y lo hará con un tribunal presidido por el magistrado Manuel Marchena, a pesar de que alguna defensa lo interprete como un "escenario de excepción" y aluda a un "derecho penal del enemigo".

Se trata de "legítimos desahogos defensivos" que carecen del "más mínimo respaldo argumental", a juicio de la Sala de lo Penal del Supremo, que ha dictado un auto en el que reafirma la competencia del tribunal para juzgar a los acusados de rebelión y malversación y envía a Cataluña la causa para los seis procesados por desobediencia.

Ese auto -del que ha sido ponente el propio Marchena- responde a varias cuestiones planteadas por las defensas en la vista de previo pronunciamiento (las cuestiones previas al juicio), entre ellas los problemas que acarrea para los acusados la distancia respecto a sus domicilios y, como novedad, la invocación a que el juicio se celebre en catalán.

Pero también a las dudas expresadas sobre la designación del ponente (Marchena) y de otros miembros del tribunal con "apariencia de crear un tribunal 'ad hoc' y exacerbación de las pretensiones punitivas". Un escenario que cumple "con los requisitos típicos de los tribunales de excepción y del derecho penal del enemigo, del todo punto incompatibles con el estado social y democrático de derecho".

El Supremo se limita a dejar constancia de ese planteamiento, dado que "la insinuación que se desliza" sobre las dudas por la composición del tribunal o el planteamiento de un "escenario de excepción" las toma simplemente como "legítimos desahogos defensivos" sin el "más mínimo respaldo argumental".

Y recuerda que es la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto de Autonomía de Cataluña los que determinan qué órgano es el competente para enjuiciar los hechos.

En cuanto al desarrollo del juicio en catalán, el Supremo abre la puerta a estudiar esa petición cuando se presente por escrito, pero llama la atención sobre la ausencia de cualquier queja sobre esta cuestión durante "el largo tiempo" que ha durado el proceso.

Respecto a la distancia de sus domicilios, apunta que el sistema constitucional español no da a los procesados el derecho a ser juzgados cerca de su casa, en tanto que el contacto directo y permanente con sus abogados está "más que garantizado" y será salvaguardado por la Sala.

El auto va más allá y recuerda que "hacer depender el derecho a un proceso justo de la distancia entre la sede del propio domicilio y la del órgano jurisdiccional o del uso de la lengua materna por los profesionales que asumen la defensa, conduciría al sinsentido de negar que ese derecho tenga vigencia, por ejemplo, en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos".

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