
Cuando por fin se aprobó el miercoles en el Pleno del Senado el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, que adecuaba la normativa española al Reglamento europeo de Protección de Datos, las numerosas garantías que otorga a los ciudadanos se vieron empañadas.
El Parlamento, tras aprobar con gran consenso la nueva norma, -con el 93 por ciento de los apoyos-, ha incluido en la disposición tercera el artículo 58 bis en el que habilita a los partidos políticos a utilizar medios tecnológicos y datos personales en actividades electorales "amparado en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas".
Ante la polémica suscitada, Mar España, directora de la Agencia de Protección de Datos (AEPD), se ha mostrado hoy tajante: "La Agencia será extremadamente vigilante y rigurosa respecto al tratamiento de datos personales que lleven a cabo los partidos políticos", a la vez que insistió en que es "ilegal" hacer perfiles ideológicos en base a las opiniones que viertan los ciudadanos en Internet y enviar propaganda segmentada en base a ese perfilado. Así, ha recordado que "entre sus funciones, la Agencia tiene la competencia de interpretar la normativa de protección de datos en base a las nuevas garantías establecidas en el Reglamento General de Protección de Datos", de obligado cumplimiento desde el pasado 25 de mayo. "La AEPD no avala, interpreta y aplica la normativa", aclaró. De este modo, las sanciones económicas para los partidos políticos podrían alcanzar los 20 millones de euros en función de las circunstancias específicas de cada caso.
Como ejemplo práctico, tras la inclusión de ese polémico artículo, España argumentaba que "se podría permitir que los partidos políticos testen si en las redes sociales la preocupación por el cambio climático está siendo trending topic y que por ello puedan adaptar sus programas electorales a esas preocupaciones, o enviar a través de los datos que hayan obtenido en Internet, publicidad o propaganda con el mismo carácter general".
Sin embargo, no pueden llevarlo a cabo de forma personalizada porque "no pueden hacer un seguimiento ideológico". De todas formas, aunque los ciudadanos pueden recibir propaganda electoral a través de medios tecnológicos en periodo electoral de igual manera que en el buzón físico de un domicilio, y sin que previamente tengan que dar su consentimiento, sí que los partidos políticos "tienen que garantizar siempre el derechos de oposición de una forma clara, sencilla y accesible", explicó.
Además, es importante recordar que los partidos políticos tendrían que eliminar todos esos datos una vez acabado el periodo electoral, así como contar con la figura del Delegado de Protección de Datos y realizar una evaluación de impacto sobre los datos que manejen.
Con todo, Mar España confesó que ha contactado con el presidente de la Junta Electoral Central (JEC) para trabajar conjuntamente en la interpretación de las garantías que refleja la ley y que el Reglamento General indica que "pueden establecerse en la ley o con posterioridad".
Novedades de la normativa
Fuera de la polémica, dentro de la nueva Ley es especialmente novedoso el Titulo X en el que se refiere a los Derechos Digitales. Cuando se publique la Ley en el Boletín Oficial del Estado, los ciudadanos tendrán derecho a la desconexión en el trabajo, y se actualizan las garantías del derecho a la intimidad de los trabajadores frente al uso y dispositivos de vigilancia en el lugar de trabajo y grabación de sonidos y tambien en cuanto al uso de dispositivos digitales y sistemas de geolocalización. Además, se contempla el derecho al olvido en búsquedas de Internet, y en servicios de redes sociales y equivalentes.
Uno de los aspectos más importantes son las garantías de los menores. A partir de ahora, las Administraciones educativas deben garantizar la eduación digital y las CCAA deben regular en primaria, secundaria, bachillerato y FP el uso responsable de internet y redes sociales. También, la Ley incluye un sistema de denuncias anónimas, donde las empresas puedan acreditar diligencias ante posibles casos de repsonsabildiad penal y para dar un paso más contra la corrupción, para que los ciudadanos puedan denunciar de forma anónima malas prácticas. En cuanto a la Administración pública, la nueva Ley de Protección de Datos refuerza sus competencias, a las que no se podrán imponen sanciones económicas, pero sí que la Agencia podría exigir responsabilidades disciplinarias.