Madrid, 3 oct (EFE).- El exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, al que el Tribunal Supremo ha confirmado hoy la condena a cuatro años y medio de cárcel por el uso de tarjetas opacas al fisco de Caja Madrid, tendrá que ingresar en prisión en un plazo máximo de diez días, a partir de que la Audiencia Nacional emita la ejecutoria.
El escándalo que supuso la publicación de los gastos efectuados por la antigua cúpula de la entidad -viajes, comidas, ropa, compras en supermercados por más de 12 millones de euros- se ha cerrado definitivamente hoy con la ratificación por parte del Supremo de la condena emitida en febrero de 2017 por la Audiencia Nacional.
En su fallo, el alto tribunal estima que Rato "mantuvo y amplió un sistema pervertido desde su origen", mediante el cual los condenados actuaron como si fueran "dueños del dinero", invirtiendo los importes que consideraron oportunos en desembolsos que ellos mismos decidieron.
Por su preparación y experiencia, Rato no podía ignorar el funcionamiento opaco de las tarjetas, pese a lo cual "mantuvo el sistema e incluso lo amplió a otras personas"; primero, a su favor -hizo un gasto de 99.055 euros-, y, ya en Bankia, de sus más estrechos colaboradores.
La sentencia de la que ha sido ponente el juez Miguel Colmenero considera que el exvicepresidente del Gobierno "no puede ampararse en ilegalidades anteriores para continuar manteniéndolas".
Una alusión a la conducta "opaca" por la que fue condenado a seis años de prisión su predecesor en el cargo, Miguel Blesa, fallecido en verano de 2017 y cuya responsabilidad civil por las cantidades totales dispuestas entre 2003 y enero de 2010, durante su mandato, fue confirmada el pasado noviembre.
Añade que "tampoco aparece por parte alguna la existencia de contratos de otras personas en las que se les incluyese en determinados planes de incentivos que pudieran justificar las tarjetas", las cuales "no consta" que Hacienda "conociera en detalle".
El exbanquero no ingresará inmediatamente en prisión, ya que aunque la ley no establece un límite en concreto para la entrada, los tiempos para que el condenado comience a cumplir su pena de forma voluntaria suelen ser muy cortos, entre 5 y 10 días a contar a partir del momento en el que se le notifique oficialmente; de no hacerlo, se emitiría una orden de búsqueda.
Pese a que puede recurrir ante el Tribunal Constitucional, el trámite no evitará que se haga efectiva, ya que al tratarse de una condena de cuatro años y medio por un único delito no hay opción de suspenderla; de este modo, una vez notificada, el Supremo devolverá las actuaciones a la Audiencia Nacional, que emitirá la ejecutoria para el ingreso en la cárcel que él elija.
En cuanto al resto -de los 64 condenados por la Audiencia Nacional, 60 recurrieron ante el Supremo-, otros catorce también se enfrentan a prisión, al ser sus penas superiores a dos años; entre ellos, el exvicepresidente José Antonio Moral Santín -cuatro años-, y los exconsejeros Estanislao Rodríguez Ponga, Antonio Romero Lázaro, Francisco Baquero, y Jorge Gómez -tres años y dos meses-.
Tres de los usuarios son los que en mayor medida se han beneficiado de la aplicación del atenuante de reparación del daño: Antonio Cámara y Francisco José Moure, así como el ex director general Ildefonso Sánchez Barcoj, al que los magistrados castigan ahora por un único delito de apropiación indebida en vez de los dos impuestos por la Audiencia Nacional.
También el caso del exsecretario de Estado de Hacienda José Manuel Fernández Norniella y el exconsejero a propuesta del PSOE Ramón Espinar (un año menos un día de cárcel), así como el expresidente de la patronal madrileña Arturo Fernández y el empresario Javier López Madrid (ambos con seis meses menos un día de prisión).
A excepción de Espinar, los tres se sentarán en el banquillo a partir de noviembre por la salida a bolsa de Bankia; junto a ellos, Rato, para el que Anticorrupción pide cinco años de cárcel, Moral Santín, Sánchez Barcoj, Rodríguez Ponga y otros siete.
Tras conocerse el fallo del Supremo, el presidente de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC), que ejerció la acusación popular, Gonzalo Postigo, ha valorado la sentencia aunque lamenta que no se les haya condenado por administración desleal.