Tegucigalpa, 3 ago (EFE).- El Ministerio Público de Honduras informó hoy que presentó un recurso de apelación contra la decisión de una juez que el 28 de julio dictó medidas cautelares distintas a la prisión a 26 hondureños, entre los que figuran diputados del Parlamento, por un caso de presunta corrupción.
El Ministerio Público indicó en un comunicado que esta semana formalizó el recurso de apelación ante la Corte Suprema de Justicia contra la resolución de la jueza Lidia Álvarez en el caso de corrupción, conocido como "Pandora".
El organismo hondureño pide en el documento que se admita el recurso de apelación, "se revoque parcialmente la resolución impugnada" y "se remitan los antecedentes a la honorable Corte de Apelaciones natural designada".
La magistrada dictó el 28 de julio prisión preventiva contra el exministro de Agricultura Jacobo Regalado, uno de los imputados en el caso de presunta corrupción, sobreseimiento definitivo a dos, arresto domiciliario a una mujer por estar en período de lactancia materna y a 26, entre ellos diputados del Parlamento, medidas cautelares distintas a la prisión.
La resolución de la jueza "causa agravios al Ministerio Público y por ende a los intereses generales de la sociedad hondureña", precisó el organismo en su recurso de apelación.
"En el presente caso se ha producido indefensión y vulneración de la tutela judicial efectiva, por interpretación errónea, irrazonable y desproporcionada del decreto 045-2002, (Art. 3) privándose por esta arbitrariedad a la sociedad de hacer valer sus derechos, es decir, investigar y reprochar penalmente a aquellos ciudadanos que infringen la ley", explicó el Ministerio Público.
El caso fue investigado por la Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad y la Corrupción del Ministerio Público (Ufecic) con apoyo de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih), tras una denuncia presentada en marzo 2014 del inversionista italiano y ex cónsul honorario en la isla hondureña de Roatán, Pietro Di Battista.
El diplomático italiano denunció una "utilización indebida de la fundación Dibattista en operaciones atípicas y no autorizadas".
Todos son acusados por el desvío de un poco más de 282 millones de lempiras (unos 11,7 millones de dólares) que fueron utilizados en la campaña de las elecciones generales de 2013, según la denuncia.
El Ministerio Público indicó que las sentencias deben expresar "los hechos y fundamentos de derecho en que se basa la resolución, aspectos que fueron en su totalidad ignorados en la presente resolución, al ser notorio que se carece de esos requisitos fundamentales (...), lo que nos impide conocer con claridad las razones que le llevaron a tomar tal decisión".
Ello le causa "indefensión" al Ministerio Público al desconocer las razones que llevaron a la jueza a dictar esas medidas judiciales a los imputados.
"La sentencia no analiza los argumentos planteados por el Ministerio Publico, pues no basta con resolver aludiendo conclusiones -recogidas precisamente de los argumentos apresurados hechos por la defensa durante la audiencia-, volviendo dicha sentencia confusa", añade.
Destaca que en su resolución, la jueza "solo se limita a expresar que los fraudes financieros en las actividades públicas o privadas son exclusivamente los referidos en el título XIV del Código Penal y no contemplan ninguno de los delitos acusados en el requerimiento".
"Si bien es cierto en el presente caso se ha identificado la acción delictiva que dio origen a la disposición de los flujos financieros, también se ha establecido que no era únicamente el objetivo ilícito el apropiarse de dichos fondos, sino de dotar e inyectar la mayor parte de los fondos a las cuentas de los partidos políticos y particulares directamente favorecidos", señala.
Para ello se realizaron "operaciones financieras que carecen de lógica y justificación" para "disfrazar u ocultar el nexo" entre "la sustracción del erario y el destino de las cuentas de los institutos políticos, compras de bienes inmuebles, beneficios personales, así como de terceros cometiendo un nuevo hecho delictivo, autónomo y punible, como el lavado de activos", explicó el Ministerio Público.