
El tiempo para la reflexión sobre la relación del trabajo y la digitalización va llegando a su fin, pues los nuevos escenarios laborales basados en la economía colaborativa y las nuevas plataformas digitales han llegado para quedarse, y sobre todo, conllevan cambios en las relaciones laborales que es necesario regular.
Asimismo, en la ponencia sobre El trabajo del futuro y el futuro del trabajo: digitalización, robotización y relaciones laborales de Deloitte Legal, expertos del ámbito laboral han expuesto las luces y sombras de la Justicia ante los retos que supone la irrupción de tecnologías como blockchain, el Internet de las Cosas, la inteligencia artificial o la robótica en la relación laboral.
Jesús R. Mercader Uguina, catedrático de Derecho del trabajo de la Universidad Carlos III de Madrid, alertó de la tendencia hacia la freelance economy también como nueva forma de prestación de servicios en un sector en expansión como es el de las startups digitales en el que empieza a plantearse la existencia de "trabajadores no laborales" en empresas como Uber o Deliveroo.
Otras de las tendencias que pone de relieve Uguina respecto al "trabajo del futuro" es la volatilidad de la idea patrimonial de empresa, el derecho laboral a desconectar del trabajo, que ya tiene regulado Francia, o la invasión del cuerpo humano y su consentimiento como ocurre con el Internet de las Cosas en el ámbito laboral.
Por su parte, invitaba a reflexionar sobre el problema demográfico estatal anclado en una carrera lineal ascendente que se verá cuestionada por la caída del empleo joven y el crecimiento de la vida laboral tras el envejecimiento de la población.
A propósito, destaca la importancia de educar en el dinamismo económico y que las empresas hagan hincapié en las soft skills en sus criterios de selección.
David-Isaac Tobía García, socio del área de laboral de Deloitte Legal, analizó las soluciones judiciales en materia de relaciones laborales y nuevas tecnologías.
En su intervención sobre la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Protección de Datos el próximo mes de mayo, aseguró que dicho reglamento contrasta con la doctrina española y aboga por crear protocolos internos en las empresas para facilitar la transparencia y preservar la vida privada de los empleados, ya sea con mecanismos como la geolocalización de vehículos o móviles, o el control biométrico.
De este modo, exponía García que "la fina frontera de la protección de datos personales y la intimidad hace que la jurisprudencia varíe dependiendo del caso".
En muchos casos, dada la inclusión de la tecnología en la vida diaria, cabe preguntarse si hoy día la justicia decidiría lo mismo. Sobre la regulación del teletrabajo, ésta se podría concebir como un mecanismo para la conciliación de la vida laboral y personal, pero se plantea el peligro del exceso de jornada, por ejemplo.
Nuevos medios
A falta de una adecuada previsión normativa actualizada o adaptada, las redes sociales han ampliado el campo, y "se han convertido en la ruina de más de uno", expuso García. Ahora Facebook puede ser escenario de expresiones injuriantes que causen el despido o prueben la inexistencia de una incapacidad temporal, Whatsapp un medio de prueba, o Twitter, la plataforma desde donde se descubre la competencia desleal de un empleado a su empresa.