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Afectados celebran la nulidad de multidivisas y prevén una avalancha de demandas

Madrid, 15 nov (EFE).- Asociaciones de consumidores celebran la decisión del Tribunal Supremo, que hoy ha decretado la nulidad parcial de las hipotecas multidivisa por su falta de transparencia tras adaptar la reciente doctrina comunitaria sobre un producto que afecta a unas 70.000 personas.

La presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), Patricia Suárez, muestra su "orgullo" ante un resultado que abre ahora una vía "mucho más segura", circunstancia que podría derivar en una "avalancha" de reclamaciones en los juzgados españoles, según los expertos consultados.

A tenor de los cálculos manejados por el despacho Triviño Abogados, en torno al 80 % de los contratos con multidivisa "deberán ser anulados" por una sentencia que "despeja cualquier duda de que están sometidos a la normativa MiFID", que exige proporcionar una información clara con carácter previo a la comercialización.

Las hipotecas multidivisa se caracterizan por tramitarse principalmente en yenes japoneses y francos suizos con el objetivo de aprovechar la diferencia del tipo de cambio con la divisa elegida respecto del euro.

Sin embargo, si la moneda única se devalúa las cuotas se incrementan, lo que genera un perjuicio económico al hipotecado, en su mayoría perteneciente a un colectivo de ingresos fijos como el personal aéreo, los funcionarios o los ejecutivos de multinacionales.

Unos rasgos que llevaron al Supremo a calificarlas de derivado financiero complejo en su sentencia de julio de 2015.

En declaraciones a Efe, el socio de Lean Abogados Santiago Viciano advierte del cambio de perspectiva de los magistrados, quienes acatan el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado 20 de septiembre concluyó que los bancos deben facilitar al cliente "la información suficiente para que éste pueda tomar decisiones fundadas y prudentes".

De este modo, explica, la jurisprudencia ha pasado de aplicar el enfoque de las preferentes en cuanto al vicio o error en el consentimiento, al de las cláusulas suelo, en el que se declara la nulidad de una cláusula abusiva que genera una situación de desequilibrio entre la entidad y el hipotecado.

Para Viciano, la clave de esta nulidad estará en constatar que el cliente es consumidor -particular o empresa sin actividad profesional- y que el banco incumplió con alguno de los requisitos exigidos, en este caso, la transparencia, y no entregó información suficiente o no ejecutó las simulaciones previas a la firma.

Sobre el fallo, muestra su optimismo ya que "es francamente bueno, hace homogénea la doctrina europea y abre una puerta para reclamar" a todos los afectados, que deberán dirigir sus demandas a los juzgados especializados en contratación hipotecaria, que concentran otros procedimientos como los de vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o los de las propias cláusulas suelo.

Por su parte, el fundador de Triviño Abogados, Eduardo Triviño, insiste en que a la hora de valorar estos casos, se deberá considerar no sólo si el consumidor era consciente de las consecuencias económicas, sino también si la entidad le comunicó que la cantidad que llegaría a deber tras años de pago de sus cuotas podría ser superior al importe inicial.

En opinión del Supremo, tal falta de diligencia ha generado en los clientes un grave desequilibrio, "en contra de las exigencias de la buena fe", puesto que, al ignorar los graves riesgos que entrañaba la contratación del préstamo, "no pudieron comparar la oferta del préstamo hipotecario multidivisa con las de otros préstamos", lo que agravó su situación económica y jurídica.

Los últimos datos facilitados por Asufin cifran en 200.000 euros la cantidad media perdida por cada uno de los españoles con multidivisa.

De estas hipotecas, un 46 % es en yenes y un 52 % en francos suizos, monedas que se apreciaron significativamente durante la crisis, por lo que los bancos acumularon un total de 13.160 millones de euros en préstamos en divisas.

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