
"Los casos de politización de la Justicia a los que asistimos en España pueden explicarse como una consecuencia de la mutación funcional del principio de publicidad procesal. Dos de las principales consecuencias que ha traído consigo esa mutación son la aparición de la denominada defensa mediática y el florecimiento del info-entretenimiento judicial", ha afirmado el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Málaga, Ángel Rodríguez Vergara.
Estas declaraciones las realizó el profesor en el transcurso de su intervención en las jornadas sobre La judicialización de la vida pública en España organizadas por la Fundación Ankaria, en colaboración con el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Consideró que la desviación que padece el principio de publicidad procesal se ha materializado en fenómenos poco deseables, como el surgimiento de la denominada defensa mediática, es decir, "el uso no sólo por los abogados, sino por todos los agentes que participan en el proceso, incluyendo los llamados jueces estrella, de los medios de comunicación para conseguir determinadas metas procesales".
Además, explicó que otro caso que ha impulsado la quiebra del principio de publicidad procesal es el del conocido como info-entretenimiento judicial, lo que supone "la proliferación de diversos formatos mediáticos, sobre todo en el campo audiovisual y en las redes sociales en las que las actuaciones judiciales se usan como fuente de entretenimiento.
Explicó que la forma desviada de politización de la Justicia se produce cuando el juez orienta sus actuaciones en función de sus repercusiones políticas, lo que en la actual sociedad mediática significa orientar la acción jurisdiccional hacia los medios de comunicación.
"En otras palabras, la forma desviada de la politización de la justicia es en la actualidad la mediatización de la justicia, la aparición de una justicia condicionada por los medios y orientada a influir en la opinión pública, valiéndose para ello de la repercusión mediática que pueden tener sus actuaciones", comentó Rodríguez Vergara.
En el capítulo de las soluciones, el catedrático de Derecho Constituciona propuso abordar la regulación, que hoy es inexistente, de la defensa mediática, incluyendo "todas sus manifestaciones bajo una nueva modalidad de libertad de expresión forense, que se construiría mediante una ampliación tanto subjetiva como objetiva de la categoría libertad de expresión en ejercicio de la defensa letrada que ya ha elaborado nuestra jurisprudencia constitucional".
Libertad de expresión
Para ello, consideró que sería necesario que se incluyeran dentro de esa categoría de libertad de expresión las manifestaciones, también las de carácter extraprocesal, llevadas a cabo por todos los que participan en un proceso judicial, incluyendo no solo las partes, sino también las autoridades concernidas en los mismos.
Estas personas deberían ser reguladas de manera que no se vulnerara la tutela judicial efectiva, no la recta administración de justicia.
Con respecto al info-entretenimiento judicial, sugirió revisar la aplicación a esos casos de la denominada posición preferente de la libertad de expresión.
En concreto, se mostró partidario de que se reduzca el ámbito de actuación de la técnica del reportaje neutral, de manera que no fuera posible eludir la responsabilidad de los medios que, en su caso, pudiera derivarse por la reproducción de escritos forenses y regular sobre nuevas bases el secreto sumarial, "hoy por hoy obsoleto y prácticamente en desuso".