Ecoley

La UE y Canadá deben revisar el pacto de datos de pasajeros

  • El texto acordado vulnera la protección de datos y el respeto a la vida privada

El Tribunal de Justicia europeo (TJUE) ha prohibido la celebración en sus actuales términos del acuerdo entre la UE y Canadá para el intercambio de datos de pasajeros. Un pacto celebrado en 2014 pero que el Parlamento europeo decidió someter a la opinión de la Justicia comunitaria.

En un dictamen emitido ayer, el TJUE declara que varias disposiciones del pacto vulneran el derecho a la protección de datos y al respeto a la vida privada de los ciudadanos, por los que, para poder ser suscrito deberá revisarse.

El acuerdo original permite la transferencia sistemática y continuada de los datos contenidos en el registro de nombres de pasajeros a las autoridades canadienses -quienes, a su vez, pueden remitirlos a un tercer Estado- para mejorar la lucha contra el terrorismo y los delitos de carácter transnacional.

Sin embargo, el TJUE considera que los datos proporcionados, tratados de forma combinada, pueden revelar, entre otros extremos, itinerarios completos de viaje, hábitos o relaciones de los viajeros, su estado de salud u otras informaciones sensibles. Asimismo, al analizarse de forma sistemática antes de la llegada de pasajeros a Canadá, pueden emplearse para obtener información adicional sobre la vida privada de los ciudadanos.

Ello, sumado con el periodo de conservación -cinco años-, lleva al TJUE a determinar que el acuerdo permite disponer de información de los pasajeros "durante un periodo particularmente largo".

Estas injerencias en los derechos de los ciudadanos europeos, explica el dictamen, si bien están justificadas por el objetivo de interés general que persiguen -la lucha contra el terrorismo y la delincuencia internacional-, "no se limitan a lo estrictamente necesario y no establecen normas claras y precisas".

El ponente del dictamen, el magistrado von Danwitz, subraya además que se permite transferir a Canadá "datos sensibles", que son aquellos referidos a la raza, la opinión política, las convicciones religiosas, la salud o la sexualidad.

Por todo ello, el TJUE considera que el acuerdo debería determinar con mayor claridad y precisión los datos que se van a transferir, y limitar a qué otros países se podrán transferir la información.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky