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Competencia multa al Colegio de Abogados de Madrid

  • Reprende exigir un despacho en su territorio para acceder al Turno
  • El organismo ya ha anunciado que recurrirá la sanción en los tribunales
Foto: Archivo

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 180.000 euros al Colegio de Abogados de Madrid (Icam) por exigir un despacho en su territorio para prestar Asistencia Jurídica Gratuita y Turno de Oficio. La CNMC opina que el Colegio "llevó a cabo una práctica restrictiva de la competencia durante seis años, consistente en un reparto del mercado que limita la competencia por razones geográficas y atenta contra el principio de colegiación única previsto en la Ley".

El asunto parte de una denuncia de varios abogados del Colegio de Alcalá de Henares. Ambos colegios están situados en la Comunidad de Madrid y muchos profesionales colegiados en Alcalá ejercen en los juzgados del área del Colegio de Madrid. El Icam, a través de sus normas Reguladoras del Turno de Oficio, estableció la exigencia de tener despacho profesional abierto en el territorio cubierto por el Colegio de Madrid para que los abogados pudieran prestar los servicios de Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita gestionados por el Icam, correspondientes a los partidos judiciales de su ámbito territorial.

Competencia considera, ahora, que los abogados colegiados en Alcalá de Henares "fueron discriminados" por esta decisión al no poder ofrecer estos servicios en el territorio que cubre el Icam.

Por su parte, el Colegio de Madrid discrepa y se opone a la sanción impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por no considerarla ajustada a derecho. "Es intención de la Junta de Gobierno recurrir la resolución judicialmente", señala en un comunicado. "La exigencia del requisito de tener despacho profesional abierto -en el ámbito territorial- al letrado que quiera prestar servicios en el Turno de Oficio, obedece no solo a una exigencia normativa, sino también a una necesidad organizativa para la mejor operatividad del servicio público y, con ello, de los derechos de los ciudadanos", añade.

Por otra parte, destaca que "el pronunciamiento no ha sido unánime, toda vez que la resolución incluye un voto particular cuyos argumentos esta Corporación comparte plenamente". En este sentido, apunta que "la jurisprudencia nacional y europea avala la proporcionalidad y necesidad de medidas en pro del interés general, preocupación por la que este Colegio seguirá velando en garantía de la mayor y mejor efectividad en la prestación del servicio".

Según la CNMC, se han producido situaciones como que abogados colegiados en el Icam, pero con despacho principal en Aranjuez -a 50 kilómetros de Madrid- o El Escorial -a 60 kilómetros- pudieran prestar servicios de asistencia de turno de oficio en el partido judicial de Madrid sin ningún tipo de restricción. Sin embargo, otros abogados, habitualmente adscritos al Colegio de Alcalá de Henares, y con sus despachos principales situados en localidades más cercanas a Madrid no han podido ejercer como letrados del turno de oficio ni acceder a los servicios de asistencia jurídica gratuita gestionados por el Colegio de Madrid.

"Resulta desproporcionado para los fines perseguidos, de cercanía e inmediatez en el servicio, y es contrario al Derecho de la Competencia, al limitar la oferta disponible en el mercado analizado, repartir territorialmente el mismo y fijar condiciones desiguales a los letrados de distintos colegios", apunta la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Además, la Comisión insta al Colegio de Abogados de Madrid a que "en el futuro se abstenga de llevar a cabo conductas iguales o semejantes y que adecué las Normas Reguladoras del Turno de Oficio, a la legislación vigente en materia de Defensa de la Competencia". Además, ordena la difusión entre sus colegiados del texto íntegro de la Resolución.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ya había sancionado el pasado mes de octubre al Colegio de Abogados de Madrid y al de Alcalá de Henares con casi medio millón de euros por sendas infracciones de la Ley de Defensa de la Competencia, consistentes en la realización de recomendaciones colectivas de precios dirigidas a sus asociados.

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