
Sevilla, 7 jun (EFE).- El juez de instrucción Álvaro Martín ha rechazado la nulidad de las actuaciones del caso de los ERE planteada por cinco ex altos cargos de la Junta de Andalucía y también ha descartado sobreseer el caso respecto al expresidente José Antonio Griñán, según recoge un auto al que ha tenido acceso Efe.
El exconsejero Gaspar Zarrías, los ex directores generales de Presupuestos Antonio Vicente Lozano y Buenaventura Aguilera y los exdirectores de Finanzas de la agencia Idea Pablo Millán y Juan Vela fueron los que pidieron la nulidad de las actuaciones.
Su petición se basaba en que con la designación de Martín se vulneró el derecho a un juez predeterminado que recoge la Constitución.
Los cinco aseguraron que la investigación del procedimiento empleado por la Junta para pagar a empresas en crisis, por lo que están procesados los expresidentes Manuel Chaves y Griñán junto a otros 24 ex altos cargos, corresponde a la titular del juzgado de instrucción 6 de Sevilla, María Núñez.
El magistrado de refuerzo del juzgado, para rechazar la petición de los ex altos cargos, afirma que "no puede estimarse la causa de nulidad por cuanto la actuación del juez de apoyo lo es conforme al acuerdo de 13 de octubre de 2015 de la sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Ceuta y Melilla".
Ese acuerdo, que fue ratificado por el Consejo General del Poder Judicial el 15 de octubre de 2015, señaló que el juez Álvaro Martín "quedaría 'integrado plenamente' en el refuerzo para la tramitación de las diligencias previas 174/11, 545/14 y 966/14", precisa el auto.
Además, el juez indica que las diligencias que él instruye dimanan de las 174/11, las originales del caso ERE, "en las que ya estaba habilitado para actuar el juez de apoyo, que venía siéndolo en esa causa desde finales del año 2013".
Ese año "se propuso por la anterior titular y el de apoyo su integración en esa causa 174/11, lo cual fue aprobado por acuerdo de fecha 28 de octubre de 2013", recuerda el instructor.
"Así pues, no existía una jurisdicción exclusiva de la titular y el acuerdo de reparto de la misma con el juez de apoyo no es más que la concreción respecto de la generalidad de causas en las que ambos venían actuando", concluye su argumentación el juez para rechazar la petición de los ex altos cargos de la Junta.
En el mismo auto, el juez rechaza la petición de sobreseimiento realizada por el abogado de Griñán, José María Mohedano, y se remite al auto de transformación en procedimiento abreviado que dictó la semana pasada, "en el que se contiene el razonamiento por el que no se considera oportuno dicho sobreseimiento".
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