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El Supremo regula la nueva casación en lo Contencioso

  • El Tribunal creará una sección específica de admisión
  • Reducirá de 6 a 4 las encargadas del enjuiciamiento ordinario
Sede del Tribunal Supremo. eE

La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo (TS) aprobó ayer por unanimidad las nuevas normas que regularán el funcionamiento y el reparto de asuntos entre las secciones de la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, ante la entrada en vigor el próximo 22 de julio del nuevo recurso de casación en esta jurisdicción. El Supremo creará una sección específica de admisión y reducirá de seis a cuatro las secciones encargadas del enjuiciamiento ordinario, que estarán presididas por los magistrados más antiguos de la Sala.

La sección de admisión -que será Sección Primera de la Sala- estará presidida por el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Luis María Díez-Picazo, y estará formada al menos por dos magistrados procedentes de cada una de las cuatro secciones de enjuiciamiento. Por su parte, estas últimas -que serán de la Segunda a la Quinta- estarán presididas por los magistrados Manuel Vicente Garzón, la Segunda; Pedro José Yagüe, la Tercera; Jorge Rodríguez Zapata, la Cuarta; y José Manuel Sieira, la Quinta. Además, las integrarán ocho magistrados.

Por otra parte, el Supremo mantiene, por preverlo así la Ley Orgánica del Poder Judicial, una Sección dedicada a conocer las impugnaciones de los asuntos del Consejo General del Poder Judicial y la sección creada recientemente para resolver los recursos por el llamado céntimo sanitario.

La nueva configuración ha refundido dos secciones. La Cuarta con la Séptima, y la Quinta con la Sexta. En este sentido, el Supremo constituirá en las cuatro secciones cuatro grandes grupos de asuntos integrados en el Derecho Administrativo: Tributario, Órganos reguladores, Contratos y personal, y Urbanismo y propiedades especiales.

Por otro lado, el TS agrupará nuevas cuestiones. Por ejemplo, los Órganos Reguladores pasarán a la Sección Tercera o nacionalidad, extranjería y asilo estarán en la nueva Sección Quinta, encargada también de la responsabilidad patrimonial y responsabilidad patrimonial del Estado legislador.

Los magistrados trabajaban desde hace más de un año, cuando se publicó en el Boletín Oficial del Estado la norma, trabajos internos para abordar los problemas interpretativos que plantea el nuevo recurso. El Supremo busca, desde entonces, sentar o unificar doctrina jurisprudencial en los asuntos que estime que lo merecen, según la relevancia jurídica y con independencia de su cuantía.

La necesidad de acometer la reforma de las normas de reparto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo parte de la aplicación de los cambios sustanciales introducidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa por la Disposición Adicional Tercera de la Ley Orgánica 7/2015. El cambio fundamental es la ampliación de las sentencias que se podrán recurrir ante el Tribunal Supremo.

En principio, serán recurribles en casación todos los fallos dictados por las Salas de lo Contencioso de los Tribunales Superiores de Justicia, los de los Centrales de lo Contencioso y los de los Juzgados de lo Contencioso en algunos supuestos.

La normativa también modifica el criterio para determinar la admisión del recurso de casación. Hasta ahora, venía representado prioritariamente por la cuantía del asunto. Además, introduce el criterio del interés casacional objetivo, que debe ser apreciado por la Sala como base para la admisión del recurso.

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