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El Supremo anula la acumulación de penas que la Audiencia impuso para Kantauri

Madrid, 24 jul (EFE).- El Tribunal Supremo ha anulado hoy la acumulación de penas que la Audiencia Nacional impuso para el etarra José Javier Arizcuren Ruiz, alias Kantauri, aunque esta decisión no alterará el tiempo máximo de cumplimiento de cárcel para el terrorista, 30 años.

Para el alto tribunal, "no son acumulables las condenas dictadas bajo la vigencia del Código Penal del 1973 con las aplicadas en función del Código de 1995 si antes no se ha producido una revisión de las primeras".

La Audiencia acumuló todas las penas recaídas sobre el terrorista estableciendo el límite de cumplimiento en 30 años de prisión, pero el fiscal recurrió.

El Supremo acepta los argumentos del fiscal, pero ello no alterará el tiempo que permanecerá en la cárcel el etarra.

Kantauri fue condenado por diferentes delitos, entre ellos por ordenar el asesinato del concejal del PP Alberto Jiménez-Becerril y su esposa, Ascensión García, en Sevilla el 30 de enero de 1998. Por este crimen, la Audiencia Nacional le condenó a 56 años de prisión.

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