
El Tribunal Constitucional (TC) recibió durante el pasado año un total de 60 recursos de inconstitucionalidad contra leyes estatales o autonómicas, de los cuales 35 fueron los Gobiernos y Parlamentos autonómicos, y a su vez 25 de ellos llegaron desde Cataluña o Andalucía.
Cataluña impugnó 11 leyes estatales y el Gobierno cinco normas catalanas, y presentó tres conflictos de competencias, según los datos que conforman la Memoria del Tribunal Constitucional de 2014.
Andalucía impugnó ocho leyes estatales y sufrió un recurso de inconstitucionalidad. Las siguientes en la lista fueron Canarias o Navarra, que sumaron cinco recursos de ambos tipos cada una y muchas otras comunidades ninguno o uno. Los recursos se resolvieron en la mayoría de los casos a favor de las tesis del Estado.
Por otra parte, se registraron 16 recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el presidente del Gobierno frente a normas autonómicas con rango de ley. Ocho fueron interpuestos por diputados y senadores: seis sobre leyes estatales y dos frente a leyes autonómicas. Además, el defensor del pueblo interpuso un recurso de inconstitucionalidad respecto de una norma estatal con rango de ley.
Aumento del trabajo
Este aumento de las demandas ante el Constitucional en el año 2014 resulta manifiesto en la mayoría de los procedimientos de los que habitualmente conoce el Tribunal, si bien se hace especialmente significativo en el número de cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por los tribunales de justicia: un tercio más que en 2013.
El TC resolvió en 2014, también, conflictos de competencia (un total de 169 sentencias, que solucionan 174 asuntos, en comparación con los 135 asuntos del Pleno admitidos a trámite durante el año).
En el ejercicio se dictaron un total de 7.409 resoluciones, de las cuales 215 fueron sentencias. Pese al esfuerzo realizado, no se pudieron equiparar los asuntos terminados con los ingresados en ese mismo año -un total de 7.878-, cuyo número sigue aumentando sin parar desde el año 2012.
Esta actividad del Pleno y de las Salas del Tribunal (en virtud de la reforma de la Ley Orgánica rectora del Tribunal llevada a cabo en 2007) le ha permitido seguir reduciendo el número de asuntos pendientes y el tiempo necesario para enjuiciar las leyes cuya constitucionalidad es puesta en duda.
Recursos de amparo
También los recursos de amparo ingresados en 2014 -un total de 7.663- han experimentado un ligero aumento respecto al período anterior. Como en años precedentes, sin embargo, sigue siendo notable el escaso porcentaje de admisión a trámite de estos recursos: sólo fueron admitidos, para su posterior sustanciación y resolución por sentencia, el 1,08 por 100 de los amparos de que el Tribunal conoció en fase de admisión; el restante 98,92 por 100 de los recursos fueron inadmitidos, por diversas razones respaldadas por la normativa.
Un dato a tener en cuenta es que una quinta parte de las demandas de amparo (1.331, un 19,97% de las inadmitidas) no ofrecen la más mínima justificación de la trascendencia constitucional del recurso, tal y como exige la Ley rectora del Tribunal desde la reforma llevada a cabo por la Ley Orgánica 6/2007. El presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos, destaca esta cifra como reflexión para procuradores y abogados, en su introducción a la memoria.