
Los planes del Gobierno para publicar en el BOE los nombres de los condenados por sentencia firme por cometer un delito contra Hacienda están más cerca de ser una realidad desde que el Consejo de Ministros del pasado 29 de mayo diera luz verde a la remisión al Parlamento del proyecto de Ley Orgánica que regula la medida.
Sin embargo, la propuesta no es pacífica, y tiene enfrentados a los juristas. Dos semanas antes el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó un informe avalando la medida que, sin embargo, obtuvo un total de 10 votos en contra frente a 10 a favor y uno en blanco por lo que el presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, tuvo que hacer uso de su voto de calidad.
En los votos particulares, un total de cinco vocales critican una "Ley improvisada y oportunista" que atiende a las exigencias del "clima electoral". Además, sostienen que el informe no obtuvo la mayoría que la Ley exige para que pueda ser aprobado. Por si la división dentro del órgano de gobierno de los jueces no fuera suficiente, a ella se suma el rechazo de la Fiscalía a los planes del Gobierno que en su informe sobre el Anteproyecto -de 21 de mayo- enumeró una larga lista de objeciones a la medida y propuso al Ejecutivo buscar "otras vías" para conseguir sus objetivos.
División anunciada
Nueve de los diez vocales que votaron en contra advirtieron desde el principio de que formularán votos para defender que la publicación de estas resoluciones "supone una injerencia en derechos fundamentales esenciales [como el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la protección de datos] aduciendo unas finalidades que no la justifican en absoluto".
Esta es la línea defendida por los vocales Bach Fabregó y Lucas Murillo -a cuyo voto se adhieren Cinto Lapuente, Sáez Rodríguez y Martínez de Careaga García- que denuncian "un anteproyecto cuya artificiosidad es patente y difícil de explicar al común de los ciudadanos". Y es que, en su opinión, atiende a "exigencias del clima electoral" dada la "resonancia indudable y el rechazo social indiscutible" que en los últimos tiempos han adquirido los delitos contra la Hacienda Pública.
Además, critican que la reforma se incorpore en la parte de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) dedicada a la publicidad de las sentencias en lugar de en el Código Penal, en tanto que la medida "busca la imposición de un mayor castigo o reproche a las conductas tipificadas como delito". Y es más, incluso denuncian que el informe no fue aprobado en tanto que no se alcanzó la mayoría requerida para ello en el artículo 630.1 de la LOPJ. A este respecto, critican que "la votación arrojó un empate a 10 votos y un voto en blanco" y dado que "estábamos presentes los 21 integrantes del Pleno no se obtuvo la mayoría simple de los votos de sus miembros que es de 11 votos".
Otro de los votos disidentes es el del vocal Macías Castaño quien, si bien votó a favor del informe, muestra su discrepancia con dos alegaciones del contrainforme que se añadieron al informe final, a saber, el relativo a la restricción de los supuestos de publicidad como fórmula para promover sentencias de conformidad, así como la eliminación de la retroactividad. Por su parte, Olea Godoy, que también aprecia que la medida debe integrarse en el catálogo de penas del Código Penal, denuncia en su voto, al que se adhiere el vocal Guilarte Gutiérrez, una "escueta regulación" que "ofrece serios problemas en orden a la aplicación de la norma".
Por último, el vocal Cuesta Martínez defiende, por el contrario, que el texto "se queda corto" y que "son precisas más publicidad y más transparencia respecto de la identidad de quienes defrauden a Hacienda". Y es más, solicita que en la nueva regulación de la Ley General Tributaria "se identifiquen a las personas, sociedades y demás entidades que se acojan a procedimientos extraordinarios de regularización tributaria".