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Alaya rectifica y permite usar ordenadores en las declaraciones de los ERE

Sevilla, 21 ene (EFE).- La juez de los ERE, Mercedes Alaya, ha decidido revocar su prohibición de que los abogados usen equipos informáticos en las declaraciones de acusados y les permitirá usar soportes informáticos con programas de gestión de textos, pero "en ningún caso la grabación o comunicación" de lo que se diga.

La juez Alaya, en un auto al que ha tenido acceso Efe, reconoce que la "extensión" de la causa de los ERE obliga a contar con "cierta preparación" en los interrogatorios, lo que incluye la elección de los textos a exhibir y la necesidad de los abogados de consultar algún documento.

Por ello, acuerda revocar la medida vigente desde 2012, en virtud de la cual todos los abogados que asisten a las declaraciones se ven obligados a dejar sus teléfonos móviles, tabletas y ordenadores portátiles bajo custodia de la Guardia Civil a la entrada de la sala de vistas.

La medida se adoptó al tener conocimiento de que los medios de comunicación recibían información "a tiempo real" sobre las declaraciones, algo que "causó importante alarma en los comparecientes" y motivó una intervención del entonces decano de los jueces, Federico Jiménez Ballester, para "preservar el carácter reservado de la toma de declaración", recuerda Alaya.

La medida "surtió efecto porque dejó de producirse la retransmisión de la declaración", añade el auto.

La juez recoge que "nadie hasta la fecha ha elevado ninguna queja por escrito ni ha hecho constar protesta alguna en la toma de declaración de ningún testigo o imputado", de lo que deduce que todas las partes personadas "entienden el fin legítimo que con la misma se pretendía preservar".

No obstante, admite el recurso presentado por el abogado de dos ex altos cargos de la Junta, quien pidió que se permitiese el uso de dispositivos electrónicos en las declaraciones dado que se trata de una herramienta de trabajo necesaria para "garantizar la defensa en una causa compleja con más de 50.000 folios" y su prohibición constituía "una limitación injustificada del derecho de defensa".

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