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El juzgado rechaza los argumentos de la defensa de Baltar contra la personación del PSOE y Manos Limpias

Impone al expresidente provincial las costas por los continuos recursos

ORENSE, 25 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de Instrucción Número 1 de Orense rechaza los motivos aducidos por la defensa del expresidente de la Diputación de Orense José Luis Baltar para anular la personación del PSOE y de Manos Limpias en la instrucción iniciada por un supuesto delito continuado de prevaricación en 105 contratos.

El auto judicial confirma "íntegramente" un auto anterior de aceptación de las personaciones y añade la "expresa imposición de las costas ocasionadas por este incidente", en referencia a la tramitación de los continuos recursos.

En un auto judicial hecho público este lunes, el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Orense, Leonardo Álvarez, alega los tres argumentos de la defensa de José Luis Baltar para impugnar un auto judicial anterior en el que se legitimó la personación del PSOE y del sindicato Manos Limpias.

Por un lado, el juez confirma que ambas personaciones están "debidamente indentificadas con sendos poderes notariales" y los considera "suficientes para habilitar" a los representantes legales, por lo que queda rechazado el primer motivo de impugnación recogido en el recurso de Baltar.

Además, el abogado de Baltar cuestionó la no petición de fianza a las "acusaciones populares" y que no exista una querella presentada por esas acusaciones.

Según el juez, la jurisprudencia es "clara" y afirma que si un procedimiento judicial se pone en marcha por parte del Ministerio Fiscal, cualquier interesado que se persona "no necesita ni presentar querella ni pagar fianza, mientras se limite a seguir el procedimiento sin alterar el objeto del mismo", como ocurre en el caso de la instrucción abierta contra José Luis Baltar, por una querella de la Fiscalía del 28 de diciembre de 2012.

NO HAY INTERÉS ESPURIO

El tercer motivo de la defensa de Baltar para pedir la anulación de las "acusaciones populares" es, según el auto, que no tienen "interés legítimo, sino que ambas entidades persiguen fines espurios", afirmación a la que el juez responde que tanto al PSOE como al sindicato Manos Limpias "hay que reconocerles interés legítimo por los intereses que representa en nombre de afiliados y votantes y por conocer un procedimiento judicial en el que se investigan actuaciones de un cargo público en ejercicio de sus funciones".

Respecto a los intereses de Manos Limpias, el auto indica que, como cualquier sindicato, "su fin último es proteger y defender los intereses de los trabajadores que indudablemente pueden haberse visto vulnerados en las resoluciones ahora investigadas".

Además, según dice el juez Álvarez en su escrito, los autores del recurso no aportaron pruebas que justifiquen su afirmación sobre los "fines espurios" que dicen perseguir tanto el PSOE como Manos Limpias.

En la instrucción abierta contra el expresidente de la Diputación, las últimas actuaciones emprendidas por el juzgado fueron la petición de todo el expediente relativo a los 105 contratos que centran la querella del Fiscal, y dos años antes una denuncia del PSOE.

También reclamó el juzgado los "informes de necesidad" que, según declaró Baltar en febrero, le presentaron por escrito una docena de ayuntamientos para justificar la necesidad urgente de una parte de los contratos denunciados, y que se sumarían a los "informes de necesidad" presentados por varios jefes de servicio de la Diputación, y todo ello para estudiar la "urgencia" que podría justificar la falta de publicidad y concurrencia de méritos en el proceso de contratación ahora investigado.

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