El proyecto de Ley Orgánica modifica el antiguo Código de Comercio e integra toda la normativa desperdigada que existe en la actualidad
El nuevo Código Mercantil, que Justicia ha anunciado que estará ultimado después del verano, tendrá como filosofía sustancial unificar la legislación vigente en la materia, proporcionar flexibilidad y seguridad y garantizar la unidad de mercado prevista en el artículo 139 de la Constitución.
Este último es uno de los objetivos principales de esta legislatura, anunciados por el presidente Mariano Rajoy en su debate de investidura marcó como una de las prioridades de esta legislatura garantizar la unidad de mercado.
Sin embargo, este trabajo legislativo fue un encargo expreso del exministro Juan Fernando López Aguilar a la Comisión de Codificación del Ministerio de Justicia, en el año 2006. Desde entonces, este equipo de trabajo está elaborando el futuro texto, ya que los ministros posteriores (Fernández Bermejo, Caamaño Domínguez y Ruiz Gallardón) han asumido el proyecto.
Modernización e integración de una normativa muy dispersa
A este respecto, Alberto Bercovitz, catedrático de Derecho Mercantil y presidente de la Sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación, explica que "cuando se lo presenté a Ruiz Gallardón le encantó, ya que desde un punto de vista político le viene muy bien a él y al PP, puesto que la finalidad fundamental del Código es delimitar claramente la legislación que regula las operaciones en el mercado único que es España. Es decir, es la unidad de mercado, que impone la Constitución, y vinculada a esa unidad de mercado atribuye la competencia exclusiva en Derecho Mercantil al Estado".
El futuro Código no solamente va a integrar la legislación mercantil, tan dispersa, sino que además tiene intención de completarla, de modernizarla y de adaptarla a las exigencias de la nueva realidad económica de España.
Se ha previsto incluir la legislación mercantil, que afecta a diferentes sectores -incorporando la reciente Ley de Sociedades de Capital-, al tiempo que se revisan numerosas normas, no sólo del actual Código de Comercio de 1885, sino también con otros textos como las leyes de Patentes, Propiedad Industrial, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la de Defensa de la Competencia, la Ley del Mercado de Valores, la General de Publicidad y la de Contrato de Seguro. A estas normas se sumará la legislación sobre los diferentes servicios
financieros, contratos de transportes, transporte terrestre, navegación aérea o transporte marítimo. Se trata, de una norma que contará con una tramitación previa conjunta con otros ministerios -especialmente los de orden económico a los que les afecta de forma sustancial y con una convocatoria previa a la representación de los distintos sectores afectados.
No obstante, por ejemplo, no se han incluido en el Código leyes enteras como la de Patentes, la Ley de Marcas la Ley de Diseño Industrial, sino que lo que se ha hecho es incluir unas normas que son comunes a todas las modalidades de la propiedad industrial, pero manteniendo la legislación específica.