El Tribunal Supremo ha absuelto por falta de pruebas a Asier Badiola de la pena de 8 años de cárcel que le fue impuesta por la Audiencia Nacional por atentar con dos artefactos explosivos contra las obras del Tren de Alta Velocidad (TAV) en mayo de 2008. El alto tribunal no ha estimado el recurso del también condenado por los mismos hechos Ibon Iparraguirre.
MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, señala que en el caso de Badiola los agentes de la Policía ante los que se produjo si declaración autoincriminatoria no acudieron al juicio celebrado en la Audiencia nacional "y por lo tanto su declaración no pudo ser introducida en dicho acto".
Siendo así, el tribunal valoró como prueba de cargo la declaración de Badiola en el atestado policial "cuando ésta, como es sabido, sólo tiene valor de denuncia", y precisa de corroboración posterior, según el alto tribunal.
SUS ABOGADOS PLANTARON AL SUPREMO
Durante la vista celebrada el pasado 20 de marzo para la revisión de esta causa en el Supremo, el representante de la Fiscalía pidió la confirmación de ambas condenas mientras que los abogados de Iparaguirre y Badiola ni siquiera se presentaron a defender a sus clientes.
En dicha ocasión, el fiscal Luis Navajas emplazó a la Sala a ratificar las penas por un delito de tenencia de explosivos y otro de daños terroristas al considerar que hay "múltiples" e "inequívocas" pruebas, obtenidas de forma "legítima" que revelan la integración de los dos acusados en el comando terrorista y su participación en los hechos.
BOMBAS BAJO EXCAVADORAS
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional consideró a Iparaguirre y Badiola culpables de la colocación, el 12 de mayo de 2008, de dos artefactos en la empresa 'Construcciones Amenabar', concesionaria de las obras del Tren de Alta Velocidad (TAV).
Iparraguirre y Badiola depositaron los artefactos bajo dos excavadoras pertenecientes a la empresa y que se encontraban aparcadas en la localidad de Hernani (Guipúzcoa). Los daños provocados fueron tasados en más de 127.000 euros.
Los magistrados de la Audiencia Nacional Fernando García Nicolás, Julio de Diego y José Ricardo de Prada tuvieron en cuenta a la hora de condenarles la declaración en fase de instrucción de Iparraguirre, que inculpó en los hechos a Badiola y la localización, en los registros de sus domicilios y en varios zulos, de pruebas que les vinculan con la actividad terrorista, como pistolas y explosivos.
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