El Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid ordenó ayer el cese cautelar de las actividades de los portales www.miapuesta.com y www.miapuesta.es de modo que no estén disponibles desde España hasta que resuelva definitivamente sobre las denuncias planteadas. Fuentes judiciales aclararon que se tardará aún horas o incluso hasta el lunes en hacerla efectiva.
El Juzgado, a través de un auto del 15 de diciembre de 2011, requiere a diversas entidades de pago a que suspendan todas sus operaciones de ingreso y pago mediante tarjeta de pago o dispositivo similar de uso habitual por entidades de juego online tales como 4B, Servired, Euro 6000, Visa, Mastecard o Paypal.
También requiere a las compañías Movistar, Orange (telefonía fija e Internet, móvil i Business Services), Jazztel, Ono, BTC, Colt, Telecable, Euskaltel, R, Vodafone y Yacom a que suspendan la transmisión y el alojamiento de datos, el acceso a redes de telecomunicaciones y otros servicios.
La medida se ha adoptado al considerar que se están realizando actos de competencia desleal y que "las apuestas que indiciariamente se están realizando por las futuras codemandadas y la urgencia es especialmente clara en casos en los que hay difusión publicitaria por Internet", concluye el Juzgado.
El auto no sólo lo adopta la medida cautelar de cesación y prohibición de las actividades de juego online en España, sino las de publicidad de actividad de juego, obtención, uso o cesión de datos personales obtenidos a través de actividades online y la cesación y prohibición de envío de comunicaciones individualizadas o masivas a través de correo electrónico relativas a actividades de juego online.
El informe pericial que consta en el Juzgado, según reconoce el auto, concluye que la web de apuestas Miapuesta.com admite que un ciudadano español se dé de alta en el servicio y pueda realizar apuestas deportivas. También, que el ingreso de fondos efectuado por el jugador puede ser transferido desde una cuenta bancaria ubicada en territorio español y que los sistemas de control dispuestos por Miapuesta no son suficientemente restrictivos como para garantizar la capacidad legal de los jugadores para participar en el sistema de apuestas.
Además, señala, que Miapuesta.com que permite efectuar apuesta de toda índole, opera bajo dominio .com en lugar de .es y "la página contiene un apartado relativo a autorizaciones o licencias obtenidas en otras jurisdicciones, que a los ojos de un usuario no profesional, dota al sistema de una apariencia de total legalidad".
El Juzgado reconoce, además, que "no consta que la demanda tenga la correspondiente licencia para operar en España", en el caso de Miapuesta.es y cita el anuncio que la propia compañía tiene en sus portales en la que anuncia que ha solicitado una licencia y que muestra su apoyo al proceso de regulación y de concesión de autorizaciones.
Control en los paraísos fiscales
Además, considera la magistrada Mercantil, Olga Martín Alonso, que "la situación se hace más grave si tenemos en cuenta que las futuras demandadas desarrollan su actividad desde, al menos, tres paraísos fiscales diferentes, según indiciariamente consta en la documental presentada con la solicitud, lo que podría suponer una facilidad para situarse al margen de las leyes españolas y europeas".
La cesación de actividad se realiza en base al artículo 727.7 de la Ley Enjuiciamiento Civil, que permite adoptar como medida cautelar "la orden judicial de cesar provisionalmente en una actividad; la de abstenerse temporalmente de llevar a cabo una conducta; o la prohibición temporal de interrumpir o de cesar en la realización de una prestación que pudiera estar llevándose a cabo".
En una nota publicada por Codere ayer se afirma que esta empresa "viene promoviendo el más estricto cumplimiento de la legalidad vigente en el Sector del Juego y de las Apuestas comerciales. Actualmente han irrumpido en el mercado varios explotadores de juegos y apuestas a través de Internet. Estos servicios resultan disponibles para usuarios situados en territorio de España".
También, dice que "según ha declarado el Gobierno, tanto en la Memoria de la Ley del Juego, como en respuestas recientes a la Comisión de la UE, tales actividades son ilegales en tanto no sean autorizadas y además se vienen desarrollando sin pagar impuestos, sin garantías para los usuarios y perjudicando a los operadores que actúan en el mercado de España de forma legal. Codere comparte estas afirmaciones del Gobierno de España.
Tal y como adelantó elEconomista (ver 22 de febrero), se produjo la presentación de la demanda contra Bwin y otras operadoras que actuaban sin licencia española. Esas demandas fueron admitidas por los correspondientes juzgados.