
Bruselas, 10 jun (EFE).- El Tribunal General de la UE rechazó hoy las medidas cautelares solicitadas por Sogecable para evitar pagar los impuestos para la financiación de RTVE que le corresponden por ley hasta que la corte europea dicte sentencia sobre el recurso que ha presentado ante la Justicia europea.
En un auto publicado hoy, el presidente del tribunal considera que Distribuidora de Televisión Digital (DTS, participada al 100 % por SOGECABLE (SGC.MC) no ha acreditado el perjuicio que le supondría la aplicación de dicho impuesto ni la urgencia de tomar estas medidas provisionales.
La filial de Sogecable DTS (dedicada a la explotación de Digital + y otros canales temáticos), en su condición de operador de televisión de pago, está obligada a pagar una aportación anual equivalente al 1,5 % de sus ingresos brutos de explotación, lo que según las fuentes ascendería a unos 16,7 millones de euros para el conjunto de los ejercicios 2009 y 2010.
El auto publicado hoy responde al recurso presentado por DTS el 24 de noviembre de 2010, en el que la filial de Sogecable pide la anulación de la decisión de la Comisión Europea de declarar compatible con la legislación europea la ley de financiación de RTVE.
En la demanda del 24 de noviembre, DTS también pedía la suspensión de la decisión de la Comisión hasta que el tribunal dicte sentencia sobre el recurso, por considerar que de lo contrario sufriría un perjuicio irreparable derivado de la pérdida de cuotas en los mercados en que compite con RTVE (cuota de telespectadores, pero también adquisición de contenidos deportivos y cinematográficos).
El presidente del tribunal ha desestimado hoy esta petición por considerar que la filial de Sogecable no ha aportado la información necesaria, apoyada por pruebas, que permita comprobar el carácter grave del supuesto perjuicio.
Concretamente, las fuentes aseguran que DTS no ha aportado una estimación aproximada de la pérdida de cuotas de mercado que podría sufrir ni tampoco una imagen completa de la situación financiera de la empresa y del grupo al que pertenece.
En todo caso, la desestimación de las medidas cautelares no prejuzga el resultado final del recurso, que el Tribunal General dictará en una sentencia posterior.
En julio de 2010, la Comisión declaró que los nuevos regímenes de financiación de France Télévisions y RTVE eran compatibles con las normas sobre ayudas estatales, aunque supeditó esta decisión a una posterior evaluación de su compatibilidad con las normas de la UE en materia de telecomunicaciones.
En octubre pasado y tras examinar el área de las telecomunicaciones, la Comisión Europea emplazó a esos dos países a eliminar la tasa a las compañías de telecomunicaciones incluida en la ley de financiación por considerar que no está en línea con las disposiciones europeas sobre esta materia.
Ante la inacción de estos dos países, Bruselas decidió denunciar a España y Francia ante el Tribunal de Justicia de la UE, el 14 de marzo de pasado, por mantener la tasa a las empresas de telecomunicaciones para financiar los entes públicos de radio y televisión.