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Los notarios proponen un nuevo derecho para regular las sucesiones

Imagen: Archivo

Los notarios, reunidos en su XI Congreso en la Toja, se mostraron ayer de acuerdo con la necesidad de que es preciso un cambio en la legislación que admita la donación mortis causa, con sus dos caracteres típicos (necesidad de que el donatario sobreviva al donante y posibilidad de revocación de la misma por el donante) y, además, que se considere que la donación con efectos para después de la muerte del donante sea una donación mortis causa, según propuso ayer Martín Garrido Melero.

Por su parte, Jaime Romero criticó la "la voracidad del Estado y de las comunidades autónomas" por interpretar que son transmisiones lucrativas por causa de muerte del contribuyente las transmisiones efectuadas por pactos sucesorios, que consideró que también son por causa de fallecimiento del contribuyente y dejando en peor condición a los beneficiarios de dichos pactos respecto del resto de los herederos, cuando son adquisiciones por la misma causa, pero en momentos diferentes, autorizadas por la legislación que regula la sucesión.

Necesidad de cambios

Victorio Magariños consideró precisa una modificación sustancial del sistema sucesorio, en la que se recoja la libertad de disponer mortis causa, al menos sobre el patrimonio generado, con los pactos sucesorios y con las limitaciones derivadas del deber de alimentos.

Martín Garrido planteó una batería de medidas que harían más sencilla la sucesión en las empresas familiares y eliminarían discriminaciones que actualmente se dan en la normativa vigente.

Propuso que se admita el pacto sucesorio en los acuerdos matrimoniales así como la posibilidad de negociar sobre los derechos de los miembros de la pareja antes de la disolución de la misma. También, que se regule un régimen sucesorio específico para las cuentas corrientes en el caso de que no existan disposiciones sucesorias concretas y que el testamento posterior revoque el previo en todo lo que sea incompatible o contradictorio, de forma que puedan existir varios testamentos que regulen la sucesión. Así, se eliminarían los problemas que actualmente surgen con la posibilidad de que el nuevo testamento anule al antiguo.

Actualmente, la crisis de la pareja no afecta a la eficacia de las disposiciones testamentarias, por lo que consideró que es preciso modificarlas expresamente, por ello, Garrido planteó la necesidad de que la crisis produzca la ineficacia sobrevenida de estas disposiciones efectuadas en favor del otro miembro de la pareja.

Testamento mancomunado

Planteó asimismo la posibilidad de crear testamentos mancomunados, realizados por dos personas en el mismo documento, manteniéndose la posibilidad de revocación unilateral, y arbitrar algún sistema de notificación obligatoria de la revocación al otro otorgante.

Con respecto a los pactos sucesorios pidió que se admita la negociación sobre la sucesión en vida del causante y con su participación. Además, establecer una normativa precisa que permita la revocación unilateral del pacto por el causante cuando cambien o se modifiquen las condiciones tenidas en cuenta inicialmente, asegurando de esta forma la libertad mortis causa.

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