
El Consejo Económico y Social (CES) critica en su informe sobre el anteproyecto de Ley de Servicios de Atención al Cliente que se hayan excluido de la normativa los servicios regulados en esta norma cuando los presten las Administraciones Públicas, lo que le merece una valoración negativa al igual que la ausencia de una serie de sectores como, por ejemplo, ocurre con los servicios postales.
El dictamen, aprobado ayer por el Pleno del CES reconoce que la proliferación de estos servicios en las últimas décadas ha contribuido a mejorar la posición de los consumidores y usuarios en sus relaciones con los proveedores, pero reitera la necesidad de armonizar las normas que regulan los derechos de consumidores y usuarios.
Considera también acertada la obligación introducida en la Ley, de que el seguimiento de las reclamaciones realizadas por los clientes sea el mismo donde se realice la formulación de la queja, dada la trascendencia que estas incidencias tienen a la hora de las compensaciones.
Ley de Contrato de Seguro
El Pleno del CES también aprobó su informe sobre el anteproyecto de Ley de Contrato de Seguro en el que considera que sería conveniente limitar la nulidad de cláusulas contractuales sólo a aquéllas cuyo objeto sea la cobertura de sanciones penales o administrativas por hechos declarados dolosos, permitiendo, por tanto, aquellas otras cláusulas que tengan por objeto la cobertura de sanciones derivadas de hechos negligentes, como los que cubren los siniestros derivados de conflictos armados, aunque no haya precedido declaración oficial de guerra, ni los que por su gravedad sean calificados por el Gobierno como catástrofe nacional.
Además, defiende que en caso de cláusulas que lleven aparejada la nulidad por tener como objeto la cobertura de sanciones por hechos dolosos, debería preverse el reintegro de la prima vinculada a la cobertura, evitando así un enriquecimiento indebido de la aseguradora.
Inspección de Trabajo
Con respecto a la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el informe aprobado ayer, el CES considera adecuados los instrumentos y ajustes que se incluyen, aunque entiende que entre los cometidos de la función inspectora se contempla el de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y contenido normativo de los convenios colectivos, en una serie de ámbitos, pero este cometido, además de referirse a las normas legales y reglamentarias, debe hacerlo a los convenios colectivos. El CES considera que deberían incluirse en la labor de vigilancia y exigencia del cumplimiento de la Inspección.
Servicios funerarios
Finalmente, el Pleno emitió ayer su parecer sobre el anteproyecto de Ley de Servicios Funerarios. Valora positivamente el propósito de garantizar el libre acceso al ejercicio de las actividades, aunque reclama un régimen de autorizaciones previa para algunas actividades relacionadas con la salud pública, la protección de los consumidores y destinatarios de los servicios y de los trabajadores o el medio ambiente.