La derogación de la obligación de que determinados acuerdos de modificación de los estatutos sociales tengan que anunciarse en diarios como requisito previo a su inscripción en el Registro es la principal novedad del Proyecto de Ley de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado ayer por el Consejo de Ministros.
Además, la reforma suprime la exigencia de que la disolución de la sociedad anónima se publique igualmente en uno de los diarios de mayor circulación del lugar del domicilio social, y también que, durante su periodo de liquidación, el estado anual de cuentas tenga que publicarse en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (Borme).
Otras líneas de actuación pasan por reducir el coste del depósito de las cuentas anuales: se elimina el requisito de que la firma de los administradores tenga que ser objeto de legalización, y se suprime la publicación en el Borme del anuncio de las sociedades quehubieran cumplido con el depósito.
También se corrige la contradicción entre el plazo que debe mediar entre la publicación de la convocatoria de la junta y el plazo para su celebración a solicitud de la minoría. A esto, se añade la regulación del administrador persona jurídica y la facultad de convocatoria del consejo de administración por un tercio de los consejeros, a pesar de que el presidente no la haya convocado.
Asimismo, se suprime la exigencia de que en la liquidación, los bienes inmuebles tengan que venderse en pública subasta.
Unificación de regímenes
Por otro lado, el Ejecutivo ha aprobado la unificación del régimen de las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada en cuanto al contenido de la convocatoria de las juntas generales, el régimen de convocatorias del consejo de administración, así como la norma supletoria sobre conversión automática en liquidadores de los administradores de la sociedad.
Finalmente, el proyecto incorpora la Directiva europea sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas. Así, establece nuevas normas que persiguen suprimir los obstáculos que dificultan el voto de los accionistas y facilita su participación electrónica en las juntas.