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La sanción disciplinaria debe notificarse dentro de un plazo de cuatro meses

Son nulas las resoluciones adoptadas en los expedientes disciplinarios dentro de una cooperativa, que no sólo sean modificadas, sino también notificadas al interesado fuera del plazo de los cuatro meses siguientes al de su incoación, según aprecia el Tribunal Supremo en esta sentencia de 25 de noviembre de 2010.

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