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La ampliación de jurisdicción social provocará problemas

El anteproyecto de Ley Reguladora de la jurisdicción social, que prevé la ampliación de competencias del orden jurisdiccional social, dará lugar a un incremento en el volumen global de asuntos sometidos a los juzgados y tribunales, que no se corresponde con un aumento de recursos para hacer frente a esta mayor carga.

El Consejo Económico y Social (CES), órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral, ha hecho público un informe en el que analiza los pros y contras de la norma en tramitación, señalando que, en caso de que no generara más medios, los procedimientos podrían alargarse a corto o medio plazo.

Entre los aspectos mejorables aparece el acortamiento de los plazos que se prevé en materia de recursos, tanto para su interposición como para su impugnación, que pasan a tres días en resoluciones dictadas en procedimientos seguidos ante órgano unipersonal y a cinco días si es ante órgano colegiado. Tampoco resulta conveniente, a juicio del órgano, limitar la interposición de demanda para determinados procesos, como el de tutela de derechos fundamentales y libertades públicas.

Así, la agilidad y celeridad perseguidas con la norma "deberían procurarse a través de una multiplicidad de vías" y, en todo caso, "de forma que la reducción de plazos se lleve a cabo equilibradamente en relación con todas las fases del proceso".

Falta de criterios

No quedan claros los criterios que ha perseguido el legislador a la hora de decidir qué materias se incluyen o excluyen de la competencia del orden jurisdiccional social, según opinan. Dicha regulación puede suscitar dudas de interpretación, "al no responder a una sistemática homogénea".

La reforma, por otro lado, podría haberse aprovechado para facilitar la ejecución de sentencias en materia de conflictos colectivos desde el punto de vista técnico procesal, "evitando situaciones posteriores de litigiosidad individual que prolongan innecesariamente la materialización de las pretensiones".

El CES echa de menos, también, la inclusión en el precepto relativo a la admisión a trámite de la demanda, una mayor referencia a otros mecanismos de resolución extrajudicial, como la mediación. "El anteproyecto alude sólo a la conciliación, omitiendo la referencia a otros mecanismos. A juicio del CES, sería aconsejable recoger una mención más amplia a tales medios.

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