
Apenas ha pasado mes y medio desde que se aprobó la nueva Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo y ya se habla de que su aplicación podría suponer colapsar el mercado por las enormes cargas empresariales que conlleva.
En una jornada sobre la norma, organizada ayer por Deloitte Abogados, saltaron a la luz los principales obstáculos que plantea el nuevo texto, muy exigente con los sujetos obligados. Los expertos presentes se quejaron de una norma excesivamente dura con la que, en ocasiones, puede resultar muy difícil y costoso cumplir.
Obligaciones de información como la de identificar al cliente en cada operación o conservar la documentación durante diez años fueron algunas de las más mencionadas durante una jornada que fue moderada por Fernando González de Zulueta, socio de la firma. Andrés Martínez Calvo, jefe del Servicio de la Inspección y Control de Movimiento de Capitales de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, quiso dar perspectiva a los temores expuestos recordando que también la normativa tributaria supone una enorme carga para las empresas y no por ello se deja de cumplir.
Si un cliente se niega a identificarse, no se debe hacer la operación: "A nadie le sorprende que cuando se paga con tarjeta haya que enseñar el DNI". Aclaró que los sujetos obligados no lo son por ser sospechosos sino porque son susceptibles de ser utilizados para fines ilícitos y, subrayó que cuando se sanciona a una entidad es porque los incumplimientos sonmuygraves.
En un momento dado se dirigió concretamente al sector de la abogacía señalando que, bajo su punto de vista, son muy pocas las veces que el abogado podría alegar secreto profesional para evitar informar sobre sus clientes.
En cuanto al esperado desarrollo reglamentario de la nueva ley, no parece que vaya a estar antes de un año, pero el jefe del Servicio de Inspección quitó importancia a este extremo apuntando que la actual ley es lo suficientemente extensa como para poder cumplir sin problema con lo que en ella se establece y, en cualquier caso, sigue habiendo un Reglamento vigente.
Por su parte, el inspector de Seguros del Estado de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Jaime Gómez-Ferrer Rincón no se mostró muy optimista. Dijo que se trataba de una ley tan general y que abarca a tantos agentes del mercado que es difícil recoger las especifidades de todos ellos: cumplir con todas las exigencias podría colapsar el mercado.