
A la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) no le parece suficiente eliminar el 90 por ciento de los visados profesionales, como ha planteado el Gobierno en un proyecto de Real Decreto presentado a principios de mayo. La institución que preside Luis Berenguer sostiene que tras el duro recorte siguen sobrando cuatro visados profesionales.
La CNC hizo público ayer su informe sobre el Proyecto de Real Decreto, dictado por el Gobierno como consecuencia de la adaptación de la Directiva de Servicios y en desarrollo de la Ley 17/2009 sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. En el proyecto se plantea eliminar 82 de los 92 visados profesionales obligatorios existentes.
Aunque Competencia valora positivamente la nueva regulación propuesta, considera que aún persisten cuatro casos de trabajos profesionales, dentro de los diez que de acuerdo al Proyecto de Real Decreto continuarían sujetos a visado obligatorio, para los que, o bien no se ha acreditado suficientemente la relación del trabajo profesional con el interés público a proteger, o bien el visado colegial obligatorio es redundante, porque supondría una duplicación de controles formales sobre la documentación que integra dichos trabajos.
Los cuatro señalados
En concreto, se refiere a los proyectos de infraestructuras comunes de telecomunicación de edificios, en cuyo caso entiende la Comisión que "no está suficientemente justificada la relación que estos proyectos pueden tener con la integridad física o la seguridad de las personas".
La CNC también apunta con el dedo a los visados de los tres trabajos del ámbito de la edificación, que, en su opinión, no deberían ser obligatorios. Señala que en todos ellos (proyecto de ejecución de edificación, certificado de final de obra en los procedimientos de legalización de obras de edificación), el control formal de la documentación viene realizándose ya en el marco de la tramitación de las licencias urbanísticas, así como a través de los informes de idoneidad de proyectos que realizan los órganos de control técnico a los que recurren habitualmente las compañías de seguros contratadas por el promotor.
Por otra parte, la institución cree que, según los principios de buena regulación, en el proyecto no está suficientemente justificada la exigencia de que la revisión formal de la documentación del trabajo profesional, cuando sea necesaria, deba ser llevada a cabo obligatoriamente a través de un visado colegial.