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El Ministerio de Justicia recuerda que los delitos de terrorismo no prescriben

El Ministerio de Justicia ha emitido en la tarde de este viernes un comunicado en el que aclara, a raíz de las informaciones publicadas en varios medios de comunicación, que los delitos de terrorismo con víctima mortal no prescriben y así consta en el proyecto de reforma del Código Penal.

"Ante las distintas informaciones aparecidas en los medios de comunicación sobre la prescripción de determinados delitos de terrorismo, el Ministerio de Justicia quiere aclarar que la imprescriptibilidad de este tipo de delitos, cuando en ellos hamya habido alguna víctima mortal, es una edida que ya está incluida en el proyecto de reforma del Código Penal que fue aprobado en Consejo de Ministros y que el Gobierno remitió a las Cortes el pasado día 13 de noviembre de 2009, encontrándose, por tanto, en tramitación parlamentaria" reza el comunicado.

Asimismo, Justicia agrega que el artículo 133.2 del citado proyecto recoge textualmente que "las penas impuestas por los delitos de lesa humanidad y de genocidio y por los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados en el artículo 614, no prescribirán en ningún caso. Tampoco prescribirán las penas impuestas por delitos de terrorismo, si éstos hubieran causado la muerte de una persona".

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