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Justicia reducirá los plazos de cancelación de los antecedentes por delitos sexuales para los menores de edad

  • Se tendrá en cuenta la gravedad de los delitos cometidos, las medidas impuestas y los plazos establecidos en el Código Penal
Foto: Istock

El Ministerio de Justicia prepara una normativa para reducir los plazos de cancelación de inscripción de antecedentes sexuales de los infractores menores de edad.

Según los primeros borradores, se mantendrá el plazo de 10 años para la cancelación en los supuestos más graves (donde quedarían incluidos la práctica totalidad de los delitos con víctimas menores de edad), pero se gradúa el resto de plazos, adoptando una fórmula híbrida, que combina la gravedad de los delitos cometidos, las medidas impuestas en consecuencia, y los plazos y requisitos que exige el artículo 136 del Código Penal para obtener la cancelación de los antecedentes penales.

Estos plazos comenzarán a contar desde el día en que el menor hubiera alcanzado la mayoría de edad y siempre que las medidas judicialmente impuestas hayan sido ejecutadas en su plenitud o hayan prescrito.

El artículo 136 del Código Penal establece que los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales, cuando hayan transcurrido sin haber vuelto a delinquir seis meses para las penas leves; dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años; cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años; y diez años para las penas graves.

Con esta nueva regulación, el Ministerio de Justicia persigue la agilización de la certificación negativa de condenas penales por delitos contra la libertad e indemnidad sexual recaídas sobre ciudadanos de la Unión Europea; adaptar los plazos de cancelación de inscripción de antecedentes sexuales de menores de edad infractores, teniendo en cuenta, primordialmente, la gravedad del delito cometido; y aproximarse aún más al objetivo prioritario de prevención y protección de los menores frente a la delincuencia sexual que impulsó la creación y organización del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

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