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El Tribunal Supremo pone "peros" a convertirse en el único mando de la lucha contra el Covid

  • Los bufetes defienden que quien no recurra contra el Estado no será indemnizado
Una vía de Madrid desierta durante las restricciones. EE.
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El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo (TS) planteó problemas procesales que se plantearán si se mantiene sin cambios el Real Decreto-Ley del Gobierno, por el que le traspasa la competencia última sobre la procedencia o no de las restricciones sanitarias que adopten las Comunidades Autónomas tras el fin del estado de alarma, el próximo domingo, 9 de mayo.

Así, se plantean dudas en este primer informe, sobre la posible insuficiencia del vehículo legislativo empleado (un Real Decreto-Ley) y, además, se lamenta que se suprima la fase de preparación del recurso de casación ante el TSJ o la Audiencia Nacional, permitiendo que se presente directamente ante el Supremo, lo que "plantea numerosos interrogantes y problemas prácticos referidos sobre todo a la imposibilidad de filtrar esos requisitos legales y el interés casacional".

Igualmente, se expresa dudas sobre la posibilidad real de cumplir los plazos establecidos, que son más cortos que los habituales, debiendo resolver en unos ocho días, sumados los tres de traslado a las partes para que aleguen y los cinco posteriores para que el TS dictamine.

Más problemática es la intervención del Abogado del Estado, que introduce la norma, Señala el TS, que "la hipotética atribución de tal facultad parece muy difícil de compatibilizar con la lógica jurídica de la casación", pues daría pie el abogado del Estado a formular nuevas cuestiones y poner en duda los hechos dados por probados en el TSJ o la Audiencia Nacional. Y, además, plantean el problema de que si el abogado del Estado pude personarse en la casación no como recurrente o como recurrido, ya que la normativa no aclara esta posibilidad.

Una sección nueva

Recomienda también constituir una sección nueva que se dedique específicamente a estos recursos, resaltando que de esta manera se contribuiría a la "uniformidad" en el estudio de los mismos".

Puede no llegarse a fijar doctrina por la propia regulación restrictiva del recurso de casación

Sobre la fijación de doctrina se explica que "puede no ocurrir porque, al suprimir el filtro inicial que hay para los recursos de casación, es posible que el TS no llegue a pronunciarse sobre el fondo del asunto rechazando la impugnación por problemas formales o falta de interés casacional".

Ante la alarma creada ayer por el informe del Gabinete Técnico, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, César Tolosa, emitió un comunicado en el que advertía que "el informe no anticipa la postura del tribunal, porque se trata de un documento interno, provisional y no vinculante.

Mientras tanto, los bufetes de abogados continúan preparando las demandas individuales, pero masivas, por las que hosteleros, comerciantes y empresas del sector turístico, fundamentalmente, reclamarán indemnizaciones por los daños sufridos como consecuencia de las medidas adoptadas por el Gobierno y las Comunidades Autónomas.

La ley prevé la reclamación

Daniel Burón y Adolfo Pérez, letrados de Labe Abogados, manifiestan que "tanto los comerciantes como los hosteleros deberían reclamar responsabilidad patrimonial del Estado al concurrir, a nuestro juicio, todos los requisitos legales y jurisprudenciales. La cuestión más controvertida sea individualizar el daño, es decir, justificar el mayor y particular daño de determinados colectivos sobre los demás".

Manuel Lamela, presidente de Acountax, explica que "somos pioneros en estas reclamaciones. El que no reclame renunciará a su derechos a ser idemnizado. Y el haber recibido ayudas no influye para poder recibir una indemnización por los daños sufridos evaluables".

César Adeva, responsable del área Mercantil de Martín Molina Abogados, considera que "una declaración del TS reconociendo el derecho a la indemnización de los empresarios afectados por las medidas restrictivas, tendría aplicación, únicamente, al caso concreto, aunque serviría de apoyo a otras reclamaciones, pero, en todo caso, para poder llegar a ser indemnizado es imprescindible presentar una reclamación particular, en la que necesariamente habrá que acreditar los daños económicos sufridos."

Y, finalmente, Ignacio Rodríguez de la Riva y a Féliz Pastor Alfonso, socios de De La Riva & Pastor Abogados, estiman que "los empresarios de hostelería son sin duda unos de los grandes sacrificados en esta crisis económica. Esta teoría del sacrificio es la que ampara la interpretación de que una reclamación de responsabilidad es viable, quizá no en sentido estricto como tal responsabilidad patrimonial pues existe el precedente desfavorable de los controladores aéreos, pero si por la dicción literal del art. 3.2 de la ley del estado de alarma e incluso por el art. 120 de la ley de expropiación".

Los jueces critican esta responsabilidad

Previamente, a la emisión del comunicado del TS, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) ha criticado  en uno propio, que "nuevamente" se descargue en los jueces la responsabilidad de decidir sobre las restricciones adoptadas por las autoridades contra el coroManuelnavirus, una vez expire el estado de alarma, reprochando al Gobierno su "omnipotencia" y al Parlamento su "pasividad" y tachando de "incumplidor" al Constitucional.

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