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El BOE publica hoy las bases de la segunda convocatoria del examen de acceso a la abogacía

  • Justicia y ABOGACÍA firman un convenio de colaboración
La Administración convoca un nuevo examen para el acceso para la profesión de abogado.EE

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la orden por la que se convoca la segunda prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la abogacía correspondiente a 2019, prueba que convocan conjuntamente los ministerios de Justicia y el de la Ciencia, Innovación y Universidades, y cuya fecha se conocerá próximamente. Además, en esta semana, Justicia y el Consejo General de la Abogacía Española han suscrito un protocolo para impulsar la colaboración entre ambas instituciones en la preparación de la prueba, con el fin de dotar de una mayor agilidad en el desarrollo de la misma.

Se podrán presentar a este examen quienes estén en posesión del título de licenciado o graduado en Derecho, así como de otro título universitario de grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador. Por otro lado, los aspirantes con titulaciones de origen obtenidas en el extranjero deberán tener convalidados sus títulos.

Otro requisito para acceder a la realización de la prueba será que los interesados tendrán que haber superado previamente los cursos de formación especializada y las prácticas tuteladas que se requieren para el ejercicio de la abogacía.

Las solicitudes de inscripción en esta prueba de aptitud se presentarán digitalmente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, aunque también se podrá hacerse presencialmente o por correo postal, por causa justificada y acreditada o no sea posible utilizar medios electrónicos. Por lo tanto, se impulsa la tramitación telemática del examen, en consonancia con la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La evaluación consistirá en una prueba escrita teórico-práctica con respuestas múltiples, cuyo contenido fijará el Ministerio de Justicia conforme a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado. Su finalidad es medir los conocimientos de los participantes acerca del ejercicio de la abogacía, así como las normas deontólogicas y profesionales. El examen tendrá una duración de cuatro horas y podrá realizarse en castellano o en lengua coofidencial autonómica del lugar de celebración de la evaluación. La calificación final del candidato será resultado de la media ponderada entre el 70 por ciento de la nota obtenida en esta prueba y el 30 por ciento de la nota del curso de formación especializada.

Desde la entrada en vigor de la Ley 34/2006, los abogados y los procuradores deben superar esta prueba de aptitud, como requisito previo al ejercicio de su actividad.

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