El Tribunal Supremo ha condenado al senador del PP José Manuel Baltar como autor de un delito contra la seguridad vial por conducir a más de 200 kilómetros por hora en la autovía A-52 en abril de 2023. El dirigente tendrá que abonar una multa de 1.800 euros y quedará sin carnet de conducir durante un año y un día.
En la sentencia, los magistrados de la Sala de lo Penal sostienen que "sin lugar a ninguna duda, a la vista de las pruebas practicadas", Baltar condujo su vehículo por encima de la velocidad límite permitida, que se fijaba en dicho tramo de la A-52 en 120 k/h.
El tribunal concluye que los hechos son constitutivos de delito, por lo que atiende a la petición de multa y retirada de carnet de conducir que planteó la Fiscalía. Se le ha impuesto una pena de seis meses de multa con una cuota diaria de 10 euros (1.800 euros), descontando el importe del pago en vía administrativa, y a un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
El tribunal indica que el ministerio fiscal, única parte acusadora, ha solicitado la pena mínima tanto de multa como de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, "por lo que procede imponer ambas sanciones penales, sin mayor motivación", reza.
Los magistrados consideran que «sin lugar a ninguna duda, a la vista de las pruebas practicadas, que el acusado conducía el vehículo Volkswagen Passat, por la autovía A-52 dirección Benavente a Vigo y al llegar al punto kilométrico 66,900, en el término municipal de Asturianos, siendo las 18:43 horas, fue detectado por el cinemómetro marca Autovelox, tipo barrera láser, modelo 106 CPU 946786, circulando a la velocidad de 215 kilómetros por hora.
La velocidad máxima permitida en este punto de 120 km/h, por lo que, aplicando "el margen de error del 5 % que establece la normativa sobre control metrológico del Estado para los cinemómetros de tipo estático, el resultado arrojado es que circulaba, al menos, a 204 Km/h".
Dudas sobre margen de error
El tribunal señala que "las dudas iniciales de los agentes, que no contaban con el preciso margen de error, no puede servir para bloquear lo que es una verdad incontestable, y lo es que circulaba a más de 200 Km/h por la autovía limitada a 120 Km/h".
Agrega la sentencia que "actuaron siempre con diligencia; primero, por no contar con todos los datos, a favor del administrado; y después, despejada la duda, solo dos días más tarde, se confeccionó un completo atestado con todas las circunstancias fácticas concurrentes que fue presentado ante el Juzgado de Instrucción de Puebla de Sanabria».
Por último, afirma que en la prueba documental consta el oficio de fecha 14 de mayo de 2024, remitido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Zamora, en donde se refleja que "esta Jefatura mantiene en suspenso el procedimiento sancionador número 490601223948 en materia de Tráfico a la espera de la oportuna resolución judicial, sobre si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de un delito contra la seguridad vial".
La sentencia describe que este tipo penal en su configuración jurídica no requiere para su materialización un concreto peligro para la vida ni la integridad física de las personas, sino que se consuma con superar los márgenes de velocidad establecidos.
Dimisión
El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, ha asegurado que no pedirá la dimisión del senador por designación autonómica José Manuel Baltar, eso sí deberá cumplir la condena como "cualquier otra persona que se somete a la justicia", dijo.
"Mi intención no es pedirle que deje el cargo de senador", ha afirmado Rueda, que ha señalado que los estatutos del partido no determinan que una conducta de "este tipo" implique que sea obligatorio dejar el cargo.