
El Tribunal Supremo (TS) descarta que los graduados sociales puedan llevar actuaciones y defender a clientes ante el Alto Tribunal y reafirma la necesidad de que esto lo deben hacer los profesionales de la abogacía. No obstante, recuerda que los graduados sociales pueden actuar como representantes de las partes.
El tribunal, con este comunicado, aclara así la confusión sobre que el Supremo ha abierto la puerta a que los graduados sociales lleven actuaciones tras atender la petición de una graduada social de Pontevedra, que remitió un escrito al Alto Tribunal, en el que solicitaba asumir la representación procesal y defensa de una mercantil en un procedimiento que viene del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG). La Sala indica ahora que el escrito de personación de la empresa iba respaldado por firma de abogado.
El comunicado del TS recuerda que las previsiones de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) sobre necesidad de asistencia técnica por profesional de la Abogacía ante la Sala Cuarta "no han sido modificadas por el Real Decreto-Ley 5/2023".
"Esta Sala viene admitiendo que las personas colegiadas como graduados sociales ejercientes actúen, ante la misma, representando a personas físicas o jurídicas". Ahora bien, en el recurso de casación y en las actuaciones procesales ante el Tribunal Supremo "es preceptiva la defensa de abogado".
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