Legal

El Supremo fija que el complemento de maternidad por aportación demográfica puede percibirse a la vez por los dos progenitores

  • Señala que el reconocimiento a un padre a percibirlo no excluye al otro
Una mujer con una niña.

El Tribunal Supremo fija como doctrina que el complemento de maternidad por aportación demográfica puede ser obtenido por mujeres u hombres que cumplan los requisitos, sin tomar en consideración la circunstancia de que el otro progenitor también tenga o pueda tener derecho a su percepción.

Según la Sala, el hecho de que uno de los padres tenga derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica no debe impedir que el otro progenitor también lo perciba si reúne los requisitos legales. Esto supone que a las pensiones causadas desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021 (cuando estuvo vigente la normativa que regulaba el complemento de maternidad por aportación demográfica) les resulta aplicable ese complemento con independencia de quien lo solicitase, sea mujer u hombre.

Cabe destacar que después entró en vigor el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, que regula ahora el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, que sí impide explícitamente el disfrute simultáneo por los dos progenitores.

"Restringir el beneficio solo a un progenitor (sin que tampoco exista un criterio para determinar quién deba ser), bajo el argumento de que los causantes de la prestación son los menores, no solo desconoce las exigencias contributivas, sino que acabaría actuando, sin habilitación normativa para ello, en contra de la contemplación igualitaria de una norma que no puede ampararse en las excepciones destinadas a reestablecer previos desequilibrios", expone el Alto Tribunal.

El Supremo destaca que la regulación anterior del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, que es la examinada en el pleito, omitía por completo la consideración de qué sucede cuando el progenitor distinto del solicitante ya disfruta del complemento. "Si el legislador quisiera eliminar el beneficio en tales casos debiera haberlo explicitado", dice, ya que en cuestiones relacionadas con la protección frente a situaciones de necesidad, si la norma no exige más requisitos, el intérprete tampoco puede hacerlo.

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