
Conforme avanza la regulación y la práctica en materia de sostenibilidad, ésta va sedimentándose. Uno de los aspectos que se ha abierto camino es el de la doble materialidad, aquélla que no sólo presta atención a cómo la gestión de los riesgos y oportunidades ASG (ambiental, social y gobernanza) por parte de las compañías afecta a sus resultados financieros, sino también a los impactos o externalidades, negativos, pero también positivos, que la empresa provoca de puertas hacia fuera, es decir, en la sociedad y medioambiente. Consulte más artículos sobre sostenibilidad en elEconomista Inversión sostenible y ESG.
La integración de factores ASG en el análisis y proceso de toma de decisiones de inversión ha ganado adeptos a medida que la responsabilidad fiduciaria se ha alineado con la gestión de todo tipo de riesgos y la creación de valor en el largo plazo. Sin embargo, la medición y comunicación de los impactos de las inversiones en cartera se ha aproximado con mayor cautela, debido, eminentemente, al archiconocido problema de la disponibilidad del dato y de la búsqueda del proveedor de éste. Lo cierto es que hablamos de dos caras de una misma moneda. Todo esfuerzo de elaboración de rankings o ratings de sostenibilidad partiendo de datos brutos, permite entender que la mayoría de los indicadores propuestos en la regulación para comunicar las incidencias adversas pueden tener, a través de un canal de transmisión operativo o reputacional, relevancia financiera en el medio/ largo plazo. Me refiero, por ejemplo, a las emisiones de gases efecto invernadero y otras partículas contaminantes, que pueden acabar materializándose en quebrantos regulatorios e incurrencia en multas. También al posicionamiento en activos fósiles y la pérdida de valor contable de los mismos debido al cambio de modelo energético en la que estamos inmersos. Por último, querría hacer mención del consumo energético como gasto operativo, o a la existencia de una fuerte brecha de género en salarios que puede desincentivar la atracción y retención del talento, así como al quebranto de normas internacionales que destroza la reputación corporativa.
Desde agosto de 2022, el cliente tendrá la posibilidad de añadir entre las variables de su inversión los aspectos de sostenibilidad
No cabe duda de que la regulación relativa a la transparencia de los Principales Incidencias Adversas (PIAs) por parte de los participantes de los mercados financieros (artículos 4 y 7 del Reglamento de divulgación relativa a sostenibilidad) ha actuado de revulsivo en el sector de gestión de activos. No obstante, la doble materialidad, delta de materialidad o impacto, ya se contemplaban en múltiples estándares de reporte y regulación, tales como la Directiva de reporte de información no financiera (NFDR) de la UE y sus guías, así como en el pionero artículo 173 de la Ley francesa de Transición energética para un crecimiento verde (2015).
Tal es el calado de la doble materialidad que MiFID II se ha visto modificada para incluirla dentro de las tres preferencias de sostenibilidad en el asesoramiento a clientes y que aplicará a partir de agosto del año próximo. Desde este momento, el cliente tendrá la posibilidad de añadir a las variables expectativa de rentabilidad, nivel de riesgo y horizonte temporal, aspectos de sostenibilidad, que podrán definir la inversión que mejor se ajusta a sus preferencias.
Las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales son el instrumento internacional más completo en materia de Conducta Empresarial Responsable (CER). Los riesgos asociados a la CER son aquéllos vinculados con los impactos en la sociedad y/o medioambiente. Entre los temas tratados por la diligencia debida cabe destacar: derechos humanos, empleo y relaciones laborales, medioambiente, lucha contra la corrupción, intereses de los consumidores y divulgación de la información. Se trata de directrices que no tienen carácter vinculante y, por tanto, no crean obligaciones jurídicas.
Sin embargo, esto podría cambiar puesto que el Parlamento Europeo promovió en marzo del presente año una propuesta de directiva de diligencia debida de las empresas en materia ambiental y de derechos humanos, que supondrá dar un paso más en materia de gestión y transparencia de los impactos al exterior.
Miriam Fernández Jiménez es responsable de ASG en Ibercaja Gestión.